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MORELIA, Mich., 4 de junio de 2021.- El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Michoacán consideró inoperante el reclamo presentado por 74 ciudadanos residentes en Cherán sobre la imposibilidad de emitir su voto en los últimos 12 años, por la resistencia de la autoridad municipal a instalar casillas en la demarcación.
La decisión, adoptada por unanimidad, deriva de que, si bien se reconoce que los quejosos tienen a salvo el derecho político electoral a emitir su sufragio en las urnas, la autoridad municipal, el Concejo Mayor de Cherán, es constitucional y legal, y parte del derecho de las poblaciones indígenas a la autodeterminación y a la implementación de un sistema de gobierno fundamentado en usos y costumbres.
En este contexto, el Consejo Local del INE especificó que la reclamación, mediante un recurso de revisión del Consejo Distrital 07 en Zacapu, que establece la instalación de casillas especiales en Paracho para que los residentes en Cherán que así lo deseen puedan sufragar, era la solución adecuada para este proceso comicial.
Ello, debido a que se pretende evitar la confrontación en el seno de la comunidad, entre quienes requieren emitir su voto en las urnas y quienes no admiten la presencia de casillas, así como por la imposibilidad material de llevar a cabo el proceso, desde la capacitación, notificación y sensibilización de ciudadanos insaculados hasta la ubicación de las casillas, que toma alrededor de cuatro meses, en las escasas horas que restan para la jornada comicial del domingo 6 de junio.
Reiteraron los consejeros electorales que no existen las condiciones para llevar a cabo la colocación de casillas en Cherán, por lo que los ciudadanos que deseen acudir a votar podrán hacerlo en las casillas especiales que se localizarán en Paracho.
Agregaron que, no obstante, la autoridad municipal se excede al limitar la instalación de casillas, ya que la elección en las urnas no está restringida a los niveles de gobierno estatal y federal, sino únicamente local.
Mencionaron que en sucesivos procesos comiciales podría explorarse la posibilidad del voto electrónico para estos casos, así como la capacitación de las autoridades definidas por usos y costumbres en las comunidades indígenas, para evitar que se vulneren los derechos a la autodeterminación de las mismas y a emitir el sufragio en las urnas.




