Mensaje a la presidenta Claudia
Las conductas indebidas de los servidores públicos vinculadas con sus cargos son sancionadas conforme a lo establecido en el Código Penal Federal, incluidos como tales, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos como es el Instituto Nacional Electoral (INE).
Las conductas exhibidas vinculadas con la ex titular del INE en días pasados, pueden caber en el apartado relativo que contempla a los delitos por hechos de corrupción, el delito de ejercicio ilícito de servicio público, el delito de abuso de autoridad, el delito de coalición de servidores públicos, el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades, el delito de remuneración ilícita, el delito de concusión, el delito de ejercicio abusivo de funciones, el delito de tráfico de influencia, el delito de cohecho, el delito de peculado, el delito de enriquecimiento ilícito y los delitos cometidos por los servidores públicos, independientemente de las responsabilidades administrativas y políticas que se le puedan atribuir, con las agravantes respectivas.
De las investigaciones que se puedan iniciar al respecto, se pudieran encontrar visos de delincuencia organizada por los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión del pasado 28 de noviembre de 2025. El solo hecho de separarse del cargo no le exime de que puedan dichas conductas ser investigadas para proceder jurídicamente en su contra, la realidad es que en la práctica no se integren las carpetas de investigación y se aperturen los expedientes para fincar responsabilidades administrativas por cuestiones de naturaleza política, por considerar que pudiera tener en su haber información privilegiada en contra del oficialismo en turno.
El riesgo de que el proceso electoral se empañe por la intervención del Poder Ejecutivo en aras de “blindarlo” es real, la ocurrencia que se ha venido manejando de que la papelería electoral sea confeccionada por el propio Estado, frente a los actos de corrupción en la asignación de contratos a personas afines a la extitular opacaría el proceso en sí, con un dejo de desconfianza en los resultados que se lleguen a obtener en beneficio de los candidatos oficialistas.
Existe la tesis aislada con registro digital 2025013 que nos ilustra sobre la complejidad en la imposición de sanciones de esta naturaleza, que indica que el sistema de responsabilidades de los servidores públicos contenido en la Constitución General, es un modelo complejo de mecanismos de control constitucional para el ejercicio del servicio público, que tiene sustento en el principio de autonomía y se estructura a partir de cuatro modalidades, a saber: I) responsabilidad política; II) responsabilidad penal; III) responsabilidad administrativa de carácter disciplinario (sancionatoria); y, IV) responsabilidad de carácter indemnizatorio (resarcitoria).
Es así que para cada tipo de responsabilidad, sea punitiva o resarcitoria, se instituyen órganos, procedimientos, supuestos y sanciones propios, aunque algunos de ellos coincidan desde el punto de vista material; eso explica que, con motivo de una falta administrativa que también involucre la comisión de algún delito, un servidor público o particular vinculado pueda ser sujeto de responsabilidad punitiva y, por tanto, sancionado en diferentes vías, por órganos diferentes y con distintas consecuencias, sin que ello implique transgresión al principio non bis in idem, porque se trata de sanciones que pertenecen a distintos ámbitos jurídicos y persiguen diversas finalidades.
Así, por ejemplo, tratándose de la pretensión resarcitoria o reipersecutoria, el Estado no persigue a la persona del servidor público o de algún particular responsable, sino a su patrimonio, toda vez que esa responsabilidad surge cuando se demuestra la relación causal entre el reproche del Estado por cierta conducta (sea de comisión u omisión) y el daño causado, siendo que una vez demostrada esa relación causal, la pretensión del Estado se dirige al patrimonio del responsable, quien deberá responder con él.
Pasaran muchos meses, años incluso, para conocer qué tipo de sanciones se le fincaran a la extitular del INE insaculada el 31 de marzo de 2023 en una tómbola en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por los legisladores oficialistas con su mayoría artificial, tómbola en la que participaron personas todas afines al actual sistema político en funciones; lo que sí podrían hacer, sería solicitar la prisión preventiva oficiosa ¿Lo harán?... @lvarezbanderas