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MORELIA, Mich., 25 de mayo de 2026.- Más de un año después de haber sido presentada en el Congreso de Michoacán, la propuesta para incorporar la revocación de mandato a la Constitución local comenzó finalmente su ruta legislativa formal en la Comisión de Puntos Constitucionales, que finalmente admitió a discusión la iniciativa.
La propuesta surgió desde las filas de Morena, impulsada por diputadas y diputados afines a la llamada Cuarta Transformación; sin embargo, pese a que ese mismo partido encabeza actualmente la Comisión de Puntos Constitucionales, el proyecto permaneció congelado durante más de un año antes de recibir el primer aval legislativo para continuar su trámite.
La iniciativa fue presentada originalmente en sesión de Pleno el 2 de abril de 2025 y plantea reformar los artículos 8 y 51 de la Constitución Política del Estado para establecer como un derecho ciudadano solicitar y participar en mecanismos de revocación de mandato aplicables a la persona titular del Poder Ejecutivo estatal.
No obstante, el propio dictamen reconoce que apenas en la “presente anualidad” se realizó la reunión de trabajo técnico para emitir el análisis correspondiente, lo que confirma el rezago legislativo del tema pese a tratarse de uno de los mecanismos de participación ciudadana más promovidos por Morena a nivel nacional desde el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
El proyecto busca establecer que la ciudadanía pueda no sólo participar, sino solicitar la revocación de mandato de representantes electos, mediante un mecanismo “vinculatorio” aplicable específicamente para la gubernatura de Michoacán.
En su argumentación, la Comisión de Puntos Constitucionales sostiene que la revocación de mandato “atiende a una realidad social”, al considerar que se trata de “un mecanismo de participación ciudadana en el cual la sociedad valora el desempeño de las funciones de los representantes populares”.
El análisis legislativo también reconoce que la Constitución federal ya contempla este mecanismo para la Presidencia de la República y recuerda que el transitorio quinto de esa reforma constitucional mandató a las entidades federativas garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de las personas titulares de los poderes ejecutivos locales.
En ese sentido, el dictamen concluye que la iniciativa michoacana no invade facultades exclusivas del Congreso de la Unión ni contraviene disposiciones federales, por lo que descarta cualquier escenario de inconstitucionalidad.
“Dicha propuesta es congruente con el principio de libertad de configuración legislativa que tienen los estados para legislar sobre la materia”, señala textualmente el documento aprobado por la comisión.
Asimismo, el análisis vincula la reforma con el artículo 8 de la Constitución de Michoacán, relativo al derecho ciudadano de participar “individual o colectivamente en las decisiones públicas y mecanismos de participación ciudadana”.
El dictamen añade que las y los integrantes de la comisión “no advierten inconstitucionalidad alguna en la reforma que se estudia”, motivo por el cual acordaron declarar procedente admitir la iniciativa a discusión.
Aunque el acuerdo aprobado representa apenas el primer filtro parlamentario y todavía no implica la aprobación de la reforma constitucional, sí reactiva en Michoacán la discusión sobre uno de los instrumentos políticos emblemáticos del obradorismo: la posibilidad de que la ciudadanía someta a consulta la permanencia de gobernantes electos antes de concluir su mandato.




