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MORELIA, Mich., 27 de febrero de 2025.- Sin pago, sin candidatura y con sanción. Así concluyó la sesión del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich), que desechó las impugnaciones de exregidores de Tarímbaro que exigían el pago de prestaciones, invalidó el recurso de una aspirante a magistrada y sancionó a la candidata a la presidencia municipal de Irimbo, Azucena Ruiz Alanís, por usar a menores en su propaganda electoral sin autorización.
En sesión pública, la tarde de este jueves, el Tribunal resolvió que no tiene competencia para ordenar el pago proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional a los exregidores Elisa Mora Izquierdo, Luis Martín Bazán Acosta y Monseril Viridiana Ortiz Duarte, al considerar que ya no ejercen el cargo. Su demanda fue turnada al Tribunal en Materia Anticorrupción y Administrativa del Estado de Michoacán.
En otro fallo, el TEEM desechó la impugnación de María Soledad Vallejo García, quien aspiraba a ser magistrada de Sala Civil Colegiada en la región Uruapan y alegó haber sido excluida de la lista de aspirantes mejor evaluados. Su demanda fue presentada ocho días después del plazo legal, por lo que se declaró extemporánea.
Asimismo, la candidata de Irimbo, Azucena Ruiz Alanís, fue sancionada públicamente tras confirmarse que en su propaganda electoral aparecían menores de edad sin cumplir con los lineamientos legales. Como parte de la resolución, se le ordenó adoptar medidas de no repetición y se confirmaron las medidas cautelares impuestas previamente por el Instituto Electoral de Michoacán.
En la sesión, el Teemich también desechó el recurso del ciudadano Jehu Guijarro García, quien impugnó su exclusión del listado de elegibles en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025. Su demanda fue invalidada por no contar con firma autógrafa, requisito indispensable para su admisión.
Finalmente, el Tribunal desechó el Recurso de Apelación 3/2025, promovido por Luis Noé Méndez Soria, al incumplir con el procedimiento formal de impugnación, ya que su escrito no contenía la firma autógrafa requerida.




