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MORELIA, Mich., 18 de junio de 2026.- El Instituto Nacional Electoral (INE) resolverá este viernes si impone la sanción de destitución a cinco integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), incluido su presidente, Ignacio Hurtado Gómez, por una conducta denunciada como una presunta falta grave relacionada con el nombramiento de un encargado de despacho de la Contraloría Interna.
La determinación cobra relevancia porque ocurre en la antesala del proceso electoral de 2027, cuando Michoacán renovará la gubernatura, diputaciones locales y ayuntamientos, por lo que una eventual remoción modificaría de manera significativa la integración del máximo órgano de dirección del árbitro electoral estatal.
Además de Hurtado Gómez, el procedimiento involucra a las consejeras Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, Claudia Marcela Carreño Mendoza y Silvia Verónica Mauricio Salazar, así como al consejero Juan Adolfo Montiel Hernández.
La discusión del caso está enlistada como el punto 17 del orden del día de la sesión extraordinaria del Consejo General del INE, programada para las 10 horas de este viernes.
El proyecto de resolución corresponde al expediente UT/SCG/PRCE/JMGR/JL/MICH/18/2025, integrado a partir de la queja presentada contra los funcionarios electorales por presuntas conductas que podrían configurar alguna de las causales de remoción previstas en el artículo 102 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El origen del caso se remonta a julio de 2025, cuando concluyó el periodo de la entonces titular de la Contraloría Interna del IEM, Rosario Flores Muñoz. Ante la vacante, el Consejo General aprobó el nombramiento temporal de Alberto Tapia como encargado de despacho.
Sin embargo, el ciudadano José Manuel Guerrero Rascón promovió una queja ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE al considerar que los consejeros carecían de facultades para realizar dicha designación y que debieron esperar a que el Congreso del Estado nombrara a la nueva persona titular del órgano interno de control.
La denuncia sostiene que el Consejo General invadió atribuciones reservadas al Poder Legislativo y vulneró la autonomía técnica y de gestión de la Contraloría Interna, lo que, a juicio del promovente, constituye una causal grave de rempción prevista en la legislación electoral.
Previo a la designación cuestionada, el propio IEM había desarrollado un procedimiento de evaluación y remitido al Congreso los expedientes de las personas aspirantes para que el Legislativo realizara el nombramiento correspondiente, situación que forma parte de los argumentos incluidos en el expediente.
El caso adquirió especial relevancia debido a que existen antecedentes nacionales en los que autoridades electorales cobfirmaron sanciones derivadas de decisiones similares relacionadas con órganos internos de control de institutos electorales locales.
La resolución que emita este viernes el Consejo General del INE definirá si los hechos denunciados ameritan la sanción máxima contemplada para integrantes de organismos públicos locales electorales o si, por el contrario, los consejeros permanecen en sus cargos.
Más allá del desenlace jurídico, la decisión tendrá efectos políticos e institucionales relevantes para Michoacán, pues ocurrirá cuando comienzan a intensificarse los movimientos de los partidos y aspirantes rumbo a la elección de 2027, proceso que deberá ser organizado precisamente por el Instituto Electoral de Michoacán.




