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MORELIA, Mich., 9 de junio de 2026.- El Congreso de Michoacán votará este miércoles una reforma que busca fortalecer el control, registro y supervisión de los centros de atención para personas con adicciones mediante la creación de un padrón estatal de establecimientos, en respuesta a preocupaciones por la operación irregular de algunos anexos y centros de rehabilitación en la entidad.
El dictamen, elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social, fusiona iniciativas impulsadas por Morena y PRD, orientadas a reforzar la vigilancia sanitaria, mejorar la coordinación institucional y fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes vinculados con el consumo problemático de sustancias.
La refrorma contempla la creación del Padrón Estatal de Centros de Atención Integral para Personas con Adicciones, que estará a cargo de la Secretaría de Salud y funcionará como una herramienta para identificar, sistematizar, actualizar y supervisar la situación administrativa y operativa de los establecimientos dedicados a la atención y rehabilitación de personas con adicciones.
Uno de los aspectos más relevantes del dictamen es que la comisión modificó la propuesta original para evitar la creación de un padrón nominal de pacientes.
Durante el análisis legislativo, los diputados concluyeron que registrar e incorporar datos de personas usuarias a bases de seguridad pública podría vulnerarderechos humanos, generar estigmatización y afectar la confidencialidad de información considerada sensible por estar relacionada con la salud de las personas.
Por ello, el dictamen elimina expresamente la posibilidad de integrar a las bases del Sistema Estatal de Seguridad Pública información sobre quienes reciben tratamiento por adicciones.
En su lugar, la reforma se concentra en el control de los establecimientos y obliga a los centros a mantener registros internos de pacientes y servicios prestados bajo estrictos criterios de confidencialidad, protección de datos personales y normatividad sanitaria.
La información únicamente podrá ser requerida por autoridades competentes en los casos previstos por la legislación aplicable, particularmente en materia de búsqueda y localización de personas.
Además, todos los centros de atención integral deberán cobtar con licencia, permiso o autorización sanitaria, presentar aviso de funcionamiento y registrarse obligatoriamente en el nuevo padrón estatal.
Los establecimientos también estarán obligados a proporcionar información para la actualización permanente del registro oficial y permitir las acciones de supervisión y vigilancia sanitaria.
El dictamen parte de la preocupación por la existencia de centros que operan sin cumplir plenamente con las Normas Oficiales Mexicanas y otros lineamientos relacionados con alimentación, trato digno, clasificación de usuarios por edad y sexo, seguimiento terapéutico y condiciones mínimas de funcionamiento.
La propuesta también fortalece las atribuciones de la Secretaría de Salud y de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), que podrán programar y ejecutar verificaciones sanitarias en centros de atención a personas con adicciones.
Asimismo, se establece que los ayuntamientos deberán informar a la autoridad sanitaria cuando tengan conocimiento de establecimientos que operen de manera irregular, a fin de que se realicen las verificaciones correspondientes.
Otro de los apartados incorporados al dictamen busca reforzar la atención de niñas, niños y adolescentes que enfrenten problemas de consumo de sustancias.
La Secretaría de Salud deberá coordinar acciones especiales de prevención, orientación, atención, canalización y seguimiento en colaboración con el Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Los legisladores subrayan que estas acciones deberán realizarse bajo un enfoque de salud pública, interés superior de la niñez, protección integral y no criminalización. La reforma también prevé que, durante verificaciones sanitarias, las autoridades de seguridad pública o procuración de justicia puedan brindar acompañamiento únicamente cuando exista un riesgo objetivo para la integridad del personal verificador.
Sin embargo, el dictamen precisa que ese acompañamiento será exclusivamente perimetral y no dará acceso a expedientes clínicos, registros internos o información confidencial de las personas usuarias.
De aprobarse por el Pleno, la Secretaría de Salud dispondrá de un plazo de 180 días naturales para emitir las disposiciones administrativas necesarias para integrar y poner en funcionamiento el padrón estatal.
La discusión llega en medio de cuestionamientos recurrentes sobre las condiciones de operación de algunos anexos y centros de rehabilitación en Michoacán, un sector donde autoridades y organizaciones civiles han advertido la necesidad de fortalecer la supervisión institucional sin vulnerar los derechos de las personas que buscan atención por problemas de adicción.




