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MORELIA, Mich., 19 de julio de 2026.- Las empresas que incumplan con el pago de obligaciones laborales, fiscales o de seguridad social podrían quedar impedidas para contratar con el Gobierno de Michoacán, de aprobarse una reforma que busca convertir esos requisitos en un filtro obligatorio para acceder y permanecer en el padrón estatal de proveedores.
La iniciativa, emanada del PAN, está en análisis de la Comisión de Industria, Comercio y Servicios del Congreso del Estado, y propone reformar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado.
Lo anterior, según se expone, busca fortalecer los mecanismos de verificación de empresas uqe prestan servicios especializados a la administración pública y armonizar la legislación local con la reforma federal en materia de subcontratación de 2021.
Entre los principales cambios, plantea que las personas físicas o morales que aspiren a celebrar contratos con el Gobierno estatal para prestar servicios especializados acrediten contar con registro vigente en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
Además, presentar opiniones positivas de cumplimiento emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
La propuesta sostiene que, aunque desde 2021 la legislación federal prohibió la subcontratación de personal y únicamente permitió los servicios especializados bajo reglas estrictas de supervisión, la legislación michoacana aún no incorpora mecanismos específicos para verificar que las empresas contratadas por el Estado cumplan efectivamente con sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social antes de recibir recursos públicos.
En la exposición de motivos se advierte que durante años diversos esquemas de tercerización fueron utilizados para evadir obligaciones patronales, reducir artificialmente salarios base de cotización, omitir el pago de cuotas obrero patronales e incumplir obligaciones fiscales.
Lo anterior, advierte que va en perjuicio de derechos fundamentales de los trabajadores, como el acceso a la seguridad social, la vivienda, las prestaciones laborales y la estabilidad en el empleo, además de generar afectaciones a las finanzas públicas.
La reforma busca que la contratación pública deje de centrarse únicamente en criterios administrativos o económicos y se convierta también en un mecanismo para verificar que quienes reciben recursos públicos actúen dentro del marco legal y respeten las obligaciones que les impone la legislación laboral y fiscal.
Como parte de los cambios, el Comité de Adquisiciones podría suspender el registro de un proveedor cuando su inscripción en el REPSE se encuentre suspendida, vencida o sujeta a un procedimiento de cancelación por parte de la autoridad competente.
Asimismo, se propone cancelar definitivamente el registro cuando una empresa pierda el REPSE o exista una resolución firme que determine incumplimientos graves en materia laboral, fiscal o de seguridad social relacionados con la prestación de servicios especializados.
La iniciativa también establece que las dependencias y entidades de la administración pública estatal deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con empresas obligadas a contar con el REPSE que no acrediten la vigencia de ese registro o incumplan los requisitos previstos en la legislación aplicable.
El documento argumenta que el Estado no puede ser ajeno al comportamiento de las empresas con las que contrata y que la contratación pública debe incentivar las buenas prácticas empresariales, fortalecer la cultura de cumplimiento y garantizar que los recursos públicos se ejerzan únicamente con proveedores que acrediten actuar conforme al marco jurídico vigente.
Además, sostiene que la reforma permitiría generar condiciones de competencia más equitativas entre las empresas que participan en procedimientos de contratación pública, evitando que aquellas que incumplen sus obligaciones laborales o fiscales obtengan ventajas frente a proveedores que sí observan plenamente la legislación.
La propuesta señala también que los nuevos mecanismos de supervisión no implicarían la creación de órganos administrativos adicionales ni un impacto presupuestario para el Estado, ya que aprovecharían la estructura existente del Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal.
En caso de ser aprobada, la reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. El Comité de Adquisiciones tendría 90 días naturales para realizar las adecuaciones administrativas correspondientes, mientras que los proveedores actualmente inscritos que presten servicios. especializados dispondrían de 120 días naturales para acreditar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.




