Resultados de Carlos Torres Piña al frente de la Fiscalía de Michoacán
MORELIA, Mich., 15 de marzo de 2022.- El grooming o acoso y abuso sexual en línea quedará tipificado en el Código Penal del estado, a propuesta del diputado Oscar Escobar, delito que será castigado con prisión de cinco a 16 años y multa de 500 a mil días.
Comete este delito quien, por cualquier tecnología de la información, trasmisión de datos de comunicación digital o virtual, utilizando la coacción, intimidación o engaño, contacte o establezca comunicaciones con un menor de edad o con quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, para obtener de este imágenes, audios, videos, audiovisuales o grabaciones de voz, con contenido sexual o erótico.
Se aplicarán las mismas penas, cuando el sujeto activo envié al sujeto pasivo a través por cualquier tecnología de la información, trasmisión de datos de comunicación digital o virtual, contenido imágenes, audios, videos, audiovisuales o grabaciones de voz, con contenido sexual o erótico en las que el propio sujeto o terceros participen.
El mismo castigo se aplicará a quien suplantando la identidad de un tercero o fingiendo ser menor de edad o mediante el uso de una identidad falsa, por cualquier medio, procure establecer comunicaciones de contenido sexual o erótico, ya sea que se incluyan o no imágenes, vídeos, textos o audios, con una persona menor de edad o con quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo.
Las penas previstas se aumentarán hasta en una mitad de la máxima considerada cuando el actor, además procure un encuentro personal en algún lugar físico con una persona menor de edad o con quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo.




