Michoacán: pendientes polos de desarrollo para aprovechar competitividad
MORELIA, Mich., 3 de agosto de 2021.- La Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (ANEFAC) delegación Michoacán, abordó el tema de la cancelación de sellos digitales, durante su desayuno técnico, donde los expertos señalaron algunos inconvenientes graves para los contribuyentes, en el caso de la cancelación definitiva de sus sellos digitales
El presidente ANEFAC, delegación Michoacán, Javier Elliot Olmedo, expresó ante medios de comunicación, que una de las finalidades de la ANEFAC es resolver la problemática fiscal, discutirla, proponer cambios y discutir en lo posible, aquellas situaciones en las que los contribuyentes y la sociedad en general, están inmersos en situaciones y complicaciones fiscales.
El presidente de esta asociación, expuso que decidieron para su reunión de este martes, el tema de la cancelación de los sellos digitales, porque sigue siendo un tema actual para los contribuyentes, ya que hoy en día para todos ellos, para emitir comprobante fiscal, para obtener ingresos o por sus actividades empresariales o comerciales, es indispensable contar con un sello digital.
Sobre el tema, Gustavo Oblea socio fundador de la ANEFAC, manifestó que los sellos son documentos electrónicos que validan la expedición de documentos fiscales CFDI, que se conocen como facturas, de un emisor hacia una autoridad y hacia un receptor. Estos documentos dan una legalidad de una certeza jurídica de que el documento que se está recibiendo como cliente, es uno que válidamente emitió el proveedor.
Desde ese punto de vista debe de verse, indicó, y es una herramienta electrónica que ayuda al SAT, a la fiscalización y al contribuyente, a cumplir con sus obligaciones tributarias, aseveró el especialista.
A su vez, Ramiro Humberto Ortega, socio de la ANEFAC, aseveró que ante una cancelación de estos sellos digitales, hay dos procedimientos; uno definitivo que conlleva la cancelación de los sellos digitales de manera definitiva; y un procedimiento de cancelación preventiva o parcial, el cual admite un procedimiento temporal en el cual el contribuyente, lo que tiene que hacer, es regularizarse.
Al respecto de esta última, dijo, son varias las causas, la más común es no presentar declaraciones, la anual o dos provisionales, pero también presentar conductas omisas ante distintas circunstancias como son presentación de declaraciones, avisos, infracciones al RFC, infracciones a la contabilidad; no presentar contabilidad electrónica puede ser una causa de cancelación de sellos digitales; estár en supuestos establecidos o tener operaciones o deducir operaciones con empresas que son presuntamente defraudadoras del fisco.
Se requiere un procedimiento de aclaración, externó, el cual da una certidumbre, y esto es importante porque hoy en día hay una certidumbre para el contribuyente en este procedimiento, de que no es inmediata la cancelación sino que es preventiva, “y este procedimiento nos lleva a que si hacemos la aclaración, evitemos la cancelación de los sellos digitales, y por supuesto que se necesita de un especialista que entienda y sepa cómo atender cualquiera de estas situaciones”, aseveró.