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MORELIA, Mich., 4 de agosto de 2022.- Nada pasa, hasta que pasa, es por ello que resulta imprescindible atender los llamados de las autoridades fiscalizadoras a los contribuyentes para solventar posibles inconsistencias en el cumplimiento de sus obligaciones, mediante las cartas de invitación, señaló Roberto Carlos Estrada Zavala, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán.
Distintos asuntos pueden llevar a que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emita una carta invitación, como parte de las facultades de gestión, que, "por decirlo de forma coloquial, son llamados en buena onda a cumplir con las obligaciones fiscales".
Estos abarcan la omisión de actos como la declaración de impuestos; falta de coincidencia entre ingresos y gastos; errores al colocar la información de los comprobantes en las declaraciones; discrepancias entre las contribuciones pagadas y generadas, o un comportamiento atípico de los ingresos, asuntos que se cuentan entre los más generales y recurrentes.
Las cartas invitación consideran tiempos variables para obtener una respuesta del contribuyente, que regularmente oscilan desde seis a 15 días hábiles, pero deben ser atendidas para evitar consecuencias que van desde actos de molestia hasta el cobro de sanciones y penalizaciones.
"Se tenía la idea de que las cartas invitación son como los llamados a misa, los atiende quien quiere, pero hay que darles un puntual seguimiento. No atender estos requerimientos o no satisfacer los cuestionamientos de la autoridad, puede derivar en el ejercicio de las facultades de comprobación y ahí se revisa todo", expuso Roberto Carlos Zavala.
Si las cartas invitación son facultades de gestión o los actos administrativos "de buena onda", las facultades de comprobación implican la exigencia del SAT al contribuyente para que presente documentación, reciba en su domicilio a las autoridades y le sea practicada una auditoria, donde además del tema que iniciara el proceso se verifican otros aspectos.
Inclusive, en algunos casos se tiene la vigilancia profunda, donde el representante legal o el contribuyente es llamado a las oficinas del SAT para que se le planteen con detalle las observaciones y muestre la documentación.
Todas las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes (RFC) pueden recibir una carta invitación, para primero aclarar y, en su caso, corregir inconsistencias, de no estar satisfecho el SAT, proceder a una auditoria y determinar los montos a pagar, y si no se cubren estos reclamos, imponer sanciones y medios de defensa que culminan en los tribunales administrativos y fiscales.
Es a través del buzón tributario como llegan las cartas invitación, así como el 90 por ciento de la comunicación entre el SAT y los pagadores de impuestos, por lo que Estrada Zavala mencionó que es indispensable que sea activado y se visite de forma continua.
Los contribuyentes tienen hasta el 1 de enero de 2023 para activar el buzón tributario, tras lo cual pueden ser objeto de sanciones y multas, además de activar las facultades de comprobación al no atender los requerimientos de autocorrección y aclaración.
El presidente del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán reiteró que por la importancia del tema es fundamental los profesionales se capaciten y resuelvan dudas, para brindar a sus asesorados una mejor atención.
Para ello es que se llevan a cabo los encuentros técnicos los primeros jueves de cada mes, en la sede de la organización, donde se tratan los temas de mayor relevancia en la práctica profesional, concluyó.




