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MORELIA, Mich., 19 de junio de 2026.- Las personas juzgadoras que decidan participar en futuras contiendas por cargos de elección popular distintos a los que actualmente desempeñan dentro del Poder Judicial deberán separarse de manera definitiva de sus funciones, ya que la legislación derivada de la reforma judicial no contempla la figura de la licencia para esos casos, afirmó el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Hugo Alberto Gama Coria.
En entrevista exclusiva para Quadratín, el también presidente del Órgano de Administración Judicial señaló que las disposiciones aprobadas a nivel federal establecen con claridad que jueces y magistrados que aspiren a presidencias municipales, diputaciones u otros cargos de representación popular tendrán que presentar su renuncia al encargo jurisdiccional.
"La reforma judicial ya establece de manera clara y puntual que si algún integrante de los poderes judiciales locales o del federal tiene aspiraciones electorales para otro cargo de elección popular diferente, tendrá que renunciar al cargo que ocupa actualmente", expresó.
El magistrado explicó que la separación será definitiva y no temporal, por lo que no podrán recurrir a mecanismos como las licencias que tradicionalmente utilizan otros servidores públicos para contender en procesos electorales.
"Tendría que renunciar a su cargo como juez, pero renuncia total; ahí no cabe la licencia, como en otros casos", puntualizó.
Gama Coria añadió que una eventual salida de personas juzgadoras para participar en procesos electorales tampoco generará obligaciones económicas extraordinarias para el Poder Judicial, ya que esos casos no encuadran en los supuestos de indemnización constitucional previstos durante la implementación de la reforma judicial.
Asimismo, sostuvo que cualquier actividad política que eventualmente realicen servidores públicos judiciales corresponde exclusivamente al ámbito personal y no representa una postura institucional del Poder Judicial.
"No lo hacen en representación del Poder Judicial; lo hacen a título personal y eso es responsabilidad única y exclusivamente de ellos", indicó.
En ese sentido, señaló que si ciudadanos, actores políticos o cualquier persona considera que una conducta puede ser incompatible con la función jurisdiccional, existen mecanismos legales para presentar las denuncias correspondientes.
Explicó que esas quejas deberán ser analizadas por el Tribunal de Disciplina Judicial, órgano que cuenta con autonomía técnica para investigar y, en su caso, determinar si existen elementos para imponer medidas o sanciones.
Finalmente, el magistrado presidente reiteró que la función jurisdiccional debe mantenerse alejada de la actividad político-electoral y partidista, al considerar que ambas esferas tienen naturalezas distintas.
"Yo tengo muy claro que el Poder Judicial tiene que ser ajeno a cualquier actividad política y que la función jurisdiccional no empata en lo absoluto con la actividad político-electoral, mucho menos con la partidista", afirmó.
Agregó que el compromiso institucional del Poder Judicial es preservar la imparcialidad y garantizar que el ejercicio de la justicia permanezca separado de los procesos de competencia electoral




