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MORELIA, Mich., 29 de abril de 2026.- El diputado Antonio -Toño- Carreño Sosa, de Movimiento Ciudadano (MC), presentó una iniciativa para reformar el artículo 72 de la Ley de Justicia en Materia Electoral y Participación Ciudadana del Estado, a fin de establecer como causal de nulidad el homicidio doloso de cualquier candidatura registrada.
Desde tribuna, este miércoles en sesión legislativa, el Legislador sostuvo que la violencia criminal ha rebasado las reglas del sistema electoral, al advertir que cuando el asesinato de aspirantes irrumpe en la contienda, se rompe la base misma de la democracia representativa.
La propuesta plantea que la nulidad aplicaría en elecciones municipales, distritales y de gubernatura, siempre que el homicidio ocurra desde el inicio formal del proceso electoral y antes de la entrega de la constancia de mayoría.
En su exposición, Carreño Sosa argumentó que el marco jurídico actual resulta insuficiente frente al escalamiento de la violencia política, que ha transitado de prácticas como el fraude o la compra de votos hacia la eliminación física de contendientes.
Señaló que la legislación vigente obliga a los partidos a sustituir candidaturas asesinadas como si se tratara de renuncias, lo que permite que la contienda continúe bajo condiciones de presión y miedo.
Advirtió que mantener la validez de un proceso electoral en ese contexto implica que el Estado termine por legitimar resultados condicionados por la violencia y no por la voluntad ciudadana.
La iniciativa introduce un cambio de fondo en el criterio de nulidad, al pasar de una lógica cuantitativa, basada en la diferencia de votos, a una determinancia cualitativa en casos de homicidio de candidatos.
El planteamiento establece que la afectación deberá valorarse por el impacto en la equidad de la contienda, el efecto inhibitorio en el electorado y la vulneración a la libertad del sufragio, independientemente del margen de votación.
Asimismo, prevé que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán realice una valoración jurisdiccional para evitar que esta causal sea utilizada de manera indebida para anular elecciones.
De acreditarse el supuesto, se convocaría a comicios extraordinarios bajo condiciones de seguridad reforzada, con el objetivo de garantizar la libre participación ciudadana.
El legislador justificó la reforma en principios constitucionales y en estándares internacionales que obligan al Estado a garantizar elecciones libres, auténticas y en condiciones de equidad. La iniciativa fue turnada a la comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, para su análisis.




