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MORELIA, Mich., 13 de agosto de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) confirmó el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) que desechó una denuncia por violencia política contra una ciudadana, al determinar que los hechos señalados no tienen relación con el ejercicio de un cargo de elección popular ni afectan derechos político-electorales.
En sesión pública, este miércoles, se analizó el caso dentro del Recurso de Apelación 21 de 2025, promovido por la denunciante en contra del desechamiento de su queja, presentada originalmente bajo la figura de procedimiento especial sancionador.
La Secretaría Ejecutiva resolvió que la materia denunciada no guardaba vínculo con el ámbito electoral, pues la ciudadana no ejerce un derecho político-electoral, no desempeña un cargo de elección popular ni forma parte de un cabildo.
En la apelación, la promovente buscaba que el Teemich revocara el acuerdo y continuara el trámite del procedimiento, argumentando que los hechos constituían violencia política en razón de género.
Sin embargo, el Pleno coincidió con el criterio del IEM, concluyendo que no se acreditaban los elementos que configuran dicha figura en el contexto electoral, ya que los actos denunciados no inciden en la participación política ni en procesos comiciales.
La resolución establece que el acuerdo impugnado estuvo debidamente fundado y motivado, con apego a la legislación electoral vigente, y ratifica que el órgano jurisdiccional no es competente para conocer asuntos que no afecten directamente derechos político-electorales.
Como parte de las medidas posteriores, el tribunal vinculó a la Secretaría General de Acuerdos y a la Unidad de Transparencia del TEEM para que elaboren y publiquen la versión pública de la sentencia, en cumplimiento de las obligaciones de acceso a la información.




