Némesis
La Ley de Pensiones Civiles y sus decretos:
El caso que venía ocurriendo en el estado de Michoacán, donde legislaturas pasadas motivaban la ilegalidad al modificar la norma constantemente, ello en perjuicio de los trabajadores al servicio del Estado "burócratas", quedará solucionado, luego de que el legislador y oriundo de Apatzingán, Ángel Custodio Virrueta, clarifica y precisa los supuestos de los decretos 542 y 638.
Con lo anterior, se les da legalidad y apoyo social a los trabajadores al servicio del Estado.
Los supuestos son:
1) El Burócrata que cuente con 30 años de servicio se puede retirar con el 100 por ciento de su salario y sin problemas de la edad cronológica de vida que tenga.
2) A los que se les aplica uno de los decretos referidos de 2015, se pueden retirar con 30 años de servicio, sin problema de edad, pero la percepción de salario que perciben dado su retiro, será acorde a los últimos tres años de cotizados.
Y finalmente,
3) Tiene que ver con el decreto que es de 2018: el trabajador puede tener 30 años de servicio o más y, al mismo tiempo, debe estar contribuyendo a su fondo respectivo, contando además con 60 años de vida o más para dejar de trabajar. La pensión lo será conforme al promedio de los tres últimos años de salario base de cotización.
Con estas acciones, se da legalidad a dichos trabajadores y se evitan controversias legales en los tribunales.




