Teléfono rojo
Ahorradores demandan a la CNBV por presunta negligencia en el caso CAME
Un grupo de más de 60 ahorradores ha presentado una demanda de responsabilidad patrimonial del Estado en contra de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), por presuntas irregularidades en la supervisión de la sociedad financiera popular Consejo de Asistencia al Microemprendedor (CAME). La acción colectiva, interpuesta en la oficialía de partes de la Comisión, sostiene que la falta de vigilancia permitió la quiebra fraudulenta de la entidad y ocasionó pérdidas millonarias a los clientes. Sí, esta CNBV que encabezaba Jesús de la Fuente Rodríguez, y que ahora está al frente Ángel Cabrera Mendoza, en el que se confía para dirigir destacadamente esta comisión.
La demanda solicita que el Estado indemnice a los afectados en tres rubros: daño material por la pérdida de los depósitos, daño moral por la afectación psicológica y patrimonial, y daños punitivos para que se imponga a la CNBV una sanción ejemplar que evite futuras omisiones en la supervisión de las sociedades financieras populares. El monto reclamado por los ahorradores supera los 160 millones de pesos, aunque los propios accionistas de CAME han reconocido que el fraude ascendería a 1,776.8 millones de pesos y que habría estado vigente al menos desde 2021.
En el escrito, los demandantes subrayan que la CNBV tiene la carga de probar la regularidad de su supervisión. Argumentan que la autoridad incurrió en negligencia al no detectar a tiempo el desfalco, lo que refuerza el principio de que quien supervisa es corresponsable de los resultados. Según la demanda, las omisiones de la Comisión facilitaron que la institución continuara operando con normalidad pese a que ya enfrentaba un vacío patrimonial.
Uno de los señalamientos más graves se centra en un conflicto de interés dentro de la supervisión auxiliar a cargo de la Federación Atlántico Pacífico. El secretario de su consejo de administración desempeñaba simultáneamente el cargo de director de Administración y Finanzas de CAME, un esquema incompatible que, según los ahorradores, era conocido y tolerado por la CNBV.
El documento también recuerda que desde agosto de 2022 se había presentado en el Senado una proposición con punto de acuerdo para exhortar a la CNBV a investigar a CAME, reiterada en febrero de 2024. Sin embargo, la autoridad no actuó en consecuencia, lo que, de acuerdo con los demandantes, demuestra una falta de diligencia reiterada frente a advertencias públicas sobre posibles irregularidades.
Otro aspecto señalado es la estructura accionaria de la sofipo. Te Creemos Holding poseía el 99.99999978% de las acciones de CAME, en abierta contradicción con la normativa que prohíbe la concentración absoluta de propiedad en este tipo de sociedades. La CNBV habría permitido esta práctica, lo que los demandantes interpretan como un fraude a la ley que sirvió para evadir responsabilidades de los accionistas.
La demanda también acusa a la Comisión de haber traicionado la confianza legítima de los ahorradores, al publicar durante años información sobre los supuestos activos y niveles de capitalización de CAME que no reflejaban su verdadera situación. Esa difusión de datos oficiales reforzó entre los clientes la percepción de que sus ahorros estaban seguros bajo la supervisión de la autoridad, cuando en realidad la entidad estaba comprometida.
La gestión de la crisis también es cuestionada. La CNBV habría permitido que CAME siguiera captando recursos del público hasta abril de 2025, pese a que ya no contaba con activos suficientes y había iniciado la liquidación de bienes, incluida la venta de su sede corporativa. Para los demandantes, esta actuación resultó inoportuna para los clientes y conveniente para la administración de la sofipo, lo que agravó las pérdidas.
El caso vuelve a poner bajo la lupa el papel de la CNBV en la supervisión de las sociedades financieras populares, un sector caracterizado por episodios recurrentes de fraudes y quiebras. La legislación civil mexicana establece que la autoridad supervisora comparte responsabilidad bajo el principio de culpa in vigilando o in eligendo, es decir, por omisión en la vigilancia o en la selección de supervisores auxiliares.
La disputa jurídica se desarrolla en un momento crítico para el sistema de ahorro popular, cuyo objetivo es ampliar el acceso financiero a sectores tradicionalmente excluidos de la banca comercial, como microempresarios, trabajadores independientes y familias de bajos ingresos. Sin embargo, los constantes quebrantos han debilitado la credibilidad del modelo, generando desconfianza e incertidumbre respecto de la protección real que ofrecen los mecanismos de supervisión.
El desenlace de esta demanda será observado con atención por el sector financiero. Una resolución favorable a los ahorradores podría abrir la puerta a nuevos reclamos contra el Estado en casos similares, sentando un precedente en materia de responsabilidad patrimonial por omisiones regulatorias. Más allá de los posibles impactos económicos, el litigio plantea un debate sobre la eficacia de los mecanismos de vigilancia en México y sobre la necesidad de fortalecer las salvaguardas institucionales que protejan a los usuarios del sistema financiero popular. La resolución de este proceso no solo tendrá implicaciones legales y financieras, sino que también definirá el nivel de confianza en la capacidad del Estado para proteger al público frente a los riesgos del sector financiero popular.
Voz en Off
El Grupo Tomza, propiedad de la familia Zaragoza en la que está como principal accionista Tomás Zaragoza, con operaciones en todo el país a través de empresas como Gas Silza y Zeta Gas, ha enfrentado múltiples denuncias por presuntas prácticas monopólicas, corrupción y encubrimiento político. En Baja California, competidores como Blue Propane acusaron a Tomza y Zeta Gas ante la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) de establecer barreras legales y administrativas con apoyo de autoridades locales para impedir la entrada de nuevos participantes al mercado de gas LP. A estas acusaciones se suman las quejas ciudadanas: entre 2018 y 2020, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió 57 quejas contra gaseras en Baja California, de las cuales 36 (más del 60 por ciento) correspondieron a empresas de la familia Zaragoza. La Secretaría de Energía (Sener) sancionó al Grupo Tomza con más de 52 millones de pesos por irregularidades administrativas y técnicas detectadas en su planta de Amozoc, Puebla, donde se hallaron pipas sin registro, válvulas vencidas y falta de documentación en regla. Esta es la empresa responsable de la explotación de la pipa en Santa Martha, Iztapalapa, en la Ciudad de México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) también tomó medidas contra el conglomerado al suspender a Gas Silza del Padrón de Importadores y Exportadores por incumplir disposiciones fiscales y regulatorias, lo que impactó directamente en sus operaciones internacionales. Las críticas apuntan a que, pese a las sanciones impuestas por autoridades como la Sener y el SAT, las prácticas de Tomza siguen afectando la competencia en el sector del gas LP y generando riesgos tanto para la seguridad operativa como para los consumidores, en un entorno en el que se ha señalado incluso encubrimiento gubernamental. Hoy hay, desde señalamientos de que no contaba con seguro de responsabilidad civil ni por daño ambiental vigentes, informó la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)…..
@juliopilotzi




