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LÁZARO CÁRDENAS, Mich., 4 de mayo del 2017.- Funcionarios del departamento de Desarrollo Agropecuario Municipal recibieron capacitación para la aplicación del Programa Estatal de Fondo de Protección y Vida Campesina, específicamente sobre el funcionamiento de un seguro de vida que habrá de beneficiar a familiares de trabajadores del campo que fallezcan por cualquier causa.
De acuerdo a un comunicado de prensa, en esta ocasión la plática sobre dicho programa fue impartida a funcionarios de tres municipios: Lázaro Cárdenas, Tumbiscatío y Arteaga. Este programa ha permitido enfrentar la eventualidad que genera el fallecimiento de quien provee el sustento económico y disminuye el riesgo de pérdida del patrimonio familiar de la población más vulnerable dedicada a las actividades productivas agrícolas del estado.
La ayuda económica es de 25 mil pesos en un pago único. El beneficiario tiene 90 días naturales para notificar el fallecimiento del trabajador agrícola, en la Delegación Regional de Desarrollo Rural de su localidad.
Durante la plática ofrecida por las licenciadas Maricruz Chávez Chávez y Alma Rosa Sánchez S., de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agropecuario (Sedrua) se especificó la forma en cómo las autoridades municipales podrán coadyuvar para difundir la información sobre este Programa a las familias de este sector rural.
Para registrarse en el programa, el trabajador agrícola deberá inscribirse en la Delegación Regional de Desarrollo Rural más cercano al municipio del cual pertenece, tener 20 años de edad cumplidos al día de la inscripción, ser sostén de familia, tener hasta cinco hectáreas de tierra, tener un ingreso no mayor a un salario mínimo diario promedio de acuerdo a la zona económica del estado.
Los requisitos para inscribirse son: copia del acta de nacimiento; identificación oficial (credencial de elector, licencia de manejo, cartilla del servicio militar o pasaporte); Clave Única del Registro de Población (CURP); constancia de trabajador agrícola, de ingresos y de no contar con tierras o en su caso más de 5 hectáreas para su actividad (expedida por una autoridad municipal o de la localidad).




