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MORELIA, Mich., 10 de julio de 2025.- Un fallo judicial de primera instancia en Guatemala sentó un precedente histórico en la defensa del derecho a un medio ambiente sano, al ordenar por primera vez a una municipalidad responsabilizarse legalmente por la contaminación de ríos que afectan a una comunidad indígena y cuya descarga llega hasta el Arrecife Mesoamericano, ecosistema marino compartido por Guatemala, Honduras, Belice y México.
En entrevista con Quadratín, Bryslie Cifuentes, abogada del programa de ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), organización que acompañó legal y científicamente al pueblo Pocomán, hizo notar que se trata de un fallo sin precedentes que sienta las bases para que otros territorios en condiciones similares también logren fallos a su favor.

La sentencia, promovida por el pueblo maya Pocomán de Santa Cruz Chinautla, se refiere al grave deterioro ambiental causado por los residuos sólidos y aguas negras provenientes de la zona urbana de Ciudad de Guatemala, que a través de los ríos Salhá, Chinautla y Las Vacas, desembocan en el río Motagua y finalmente en el mar Caribe.
Este fallo representa la primera sentencia ambiental en Guatemala en materia de contaminación por plásticos y la primera también que reconoce jurídicamente la obligación de una municipalidad de actuar frente al daño ambiental”, explicó.
La contaminación, dijo, es visible y alarmante: "el agua ya no puede utilizarse, y lo que se observa es impactante. Además de los desechos del vertedero autorizado, existen numerosos basureros ilegales en la ribera de los ríos", detalló.
Según estudios citados por AIDA, al menos 2 por ciento de los residuos plásticos que contaminan el mar Caribe provienen del río Motagua.

Esto ha provocado reclamos internacionales, especialmente por parte de Honduras, cuyas costas en Omoa reciben toneladas de basura. El país vecino ha considerado incluso presentar una demanda internacional contra Guatemala por daño ambiental transfronterizo.
El Arrecife Mesoamericano, segundo sistema coralino más grande del planeta, se ve directamente afectado por esta descarga de contaminantes, incluyendo los tramos de arrecife que se encuentran en el Caribe mexicano.
La responsabilidad de proteger este arrecife no es solo guatemalteca: nos corresponde a todos los países involucrados”, sostuvo Cifuentes.
La abogada enfatizó la dimensión regional del caso, no solo por el impacto ecológico compartido, sino por el potencial del fallo como precedente jurídico.
Es un caso espejo que puede replicarse en otras comunidades indígenas de América Latina, incluyendo México. La sentencia demuestra que sí es posible lograr justicia ambiental con herramientas legales y con organización comunitaria”, señaló.
En ese sentido, la sentencia ordena a la Municipalidad de Santa Cruz Chinautla:
1.- Reconocer su responsabilidad en la contaminación.
2.- Elaborar un plan integral de saneamiento con acciones a corto, mediano y largo plazo.
3.- Incluir a la comunidad afectada en la definición de estas acciones.
4.- Utilizar evidencia científica para sustentar las medidas de restauración.
Aunque se trata de una resolución local, Guatemala carece de jurisprudencia ambiental consolidada, por lo que esta decisión representa “un punto de partida para estructurar marcos legales más robustos en defensa del medio ambiente y de los pueblos indígenas”, afirmó.
En caso de incumplimiento, AIDA contempla solicitar medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para proteger los derechos del pueblo maya Pocomán. La sentencia no fue impugnada y el plazo legal para hacerlo ya venció.

El daño, sin embargo, no es solo ecológico: “hay estudios internacionales que concluyen que las personas podrían estar ingiriendo semanalmente el equivalente a una tarjeta de crédito en microplásticos, a través de alimentos y agua contaminada. Es una crisis sanitaria silenciosa que estamos normalizando”, advirtió la abogada.
Cifuentes agregó que la contaminación del río Motagua no es un caso aislado, sino un síntoma de una enfermedad sistémica: la falta de regulación sobre el manejo de residuos, aguas negras y agroquímicos.
También aquí hay vertimiento de agroquímicos y lodos industriales a los ríos, pero como no se ven a simple vista, no se atienden. La debilidad normativa es generalizada”, lamentó.
En cuanto a México, detalló que AIDA trabaja en casos ambientales como la defensa del arrecife de Veracruz frente al proyecto de ampliación portuaria, y en litigios sobre contaminación de acuíferos provocada por el fracking, aunque aclaró que actualmente no hay acciones activas en Michoacán.
Pero si hay comunidades indígenas en Michoacán enfrentando este tipo de daños, este precedente puede ser útil. Podemos compartir nuestra experiencia y ruta jurídica”, ofreció.
Finalmente, subrayó que la lucha del pueblo Pocomán no busca culpables, sino corresponsabilidad estatal e internacional para frenar un modelo insostenible de desarrollo urbano y producción.
Si lograron esta sentencia, otras comunidades también pueden hacerlo. Solo hace falta voluntad, organización y acompañamiento legal. Queremos que la voz de esta comunidad se escuche más fuerte. Su lucha no es solo por su río, sino por el derecho a un futuro habitable para todos”, concluyó.




