Arde centro de investigación de Comisión Nacional Forestal de Uruapan
MORELIA, Mich., 29 de enero de 2014.- Con la publicación del decreto de creación de la Coordinación Nacional Antisecuestros en el Diario Oficial de la Federación, este miércoles inicia su trabajo Renato Sales Heredia, quien tendrá la responsabilidad de abatir el ilícito que ha registrado un crecimiento superior al 20 por ciento en el último año.
De acuerdo con el decreto de creación que publica este miércoles el periódico del gobierno de la república, la nueva institución “tendrá por objeto coordinar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre las dependencias responsables de la seguridad pública del Gobierno Federal, de los gobiernos estatales y del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el sistema de distribución de competencias que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos legales aplicables, en el marco de la estrategia nacional para combatir el delito de secuestro”.
Como se informó el martes pasado, al frente de la dependencia habrá un coordinador, tarea que la Secretaría de Gobernación encomendó a Renato Sales Heredia, que tendrá las siguientes facultades:
“Promover, en coordinación con las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal, la integración y funcionamiento de un sistema único de información criminal en una plataforma tecnológica e informática que propicie mayor efectividad de las acciones de prevención, investigación, sanción y erradicación del delito de secuestro por parte de dichas autoridades;
“Promover esquemas de colaboración entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil para el eficiente ejercicio de las atribuciones de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia en la investigación y persecución del delito de secuestro;
“Promover esquemas de intercambio de mejores prácticas entre las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal para la eficiente operación de la estrategia nacional para combatir el delito de secuestro;
“Integrar informes sobre los avances en el cumplimiento de la estrategia nacional para combatir el delito de secuestro, para su presentación al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por los conductos institucionales correspondientes;
“Solicitar informes a las autoridades federal, estatales y del Distrito Federal respecto del establecimiento y operación de las unidades antisecuestro, así como analizar la información respectiva y formular las recomendaciones que estime pertinentes;
“Desarrollar y ejecutar, en coordinación con las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal, programas de verificación y supervisión de la operación de las unidades antisecuestro para evaluar el cumplimiento de la estrategia nacional para combatir el delito de secuestro;
“Integrar informes sobre el resultado de los programas de verificación y supervisión a que se refiere la fracción anterior, para su presentación al Consejo Nacional de Seguridad Pública por los conductos institucionales correspondientes, así como al Comité previsto en el artículo Sexto del presente Decreto;
“Impulsar el fortalecimiento de las unidades antisecuestro federal, estatales y del Distrito Federal, con base en la evaluación de sus capacidades presupuestarias, materiales, tecnológicas y humanas para una eficiente operación de las políticas de prevención, investigación, sanción y erradicación del delito de secuestro;
“Promover con las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal la revisión y actualización de protocolos sobre las actuaciones ministerial, pericial y policial para una eficiente prevención, investigación y sanción del delito de secuestro;
“Coadyuvar en el desarrollo de campañas de prevención a través del Centro Nacional de Prevención y Participación Ciudadana del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en términos del artículo 21 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables;
“Diseñar e impulsar campañas de orientación y denuncia del delito de secuestro, en coordinación con autoridades federales, estatales y del Distrito Federal, así como con concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones;
“Evaluar las políticas y estrategias para la prevención, investigación, sanción y erradicación del delito de secuestro, así como promover su cumplimiento por parte de las instituciones federales, estatales y del Distrito Federal;
“Coordinar el Comité Especial de Seguimiento y Evaluación de las acciones para prevenir, investigar, sancionar y erradicar el delito de secuestro;
“Celebrar convenios y acuerdos de coordinación, colaboración o concertación con las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y sociedad civil para el cumplimiento de sus funciones;
“Emitir, conforme a las disposiciones aplicables, los instrumentos jurídicos y administrativos necesarios para el debido ejercicio de las funciones del personal que tenga adscrito;
“Asesorar a las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal sobre la adopción e implementación de acciones enfocadas al cumplimiento de los objetivos de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
“Las demás que le instruya el Secretario de Gobernación en el ámbito de su competencia.
Junto con la Coordinación, el decreto de creación manda la creación del Comité Especial de Seguimiento y Evaluación de las acciones para prevenir, investigar, sancionar y erradicar el delito de secuestro.
Dicho comité estará integrado por un representante de cada una de las siguientes dependencias: la Secretaría de la Defensa Nacional, de la Secretaría de Marina, de la Procuraduría General de la República, del Centro de Investigación y Seguridad Nacional,, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, del Comisionado Nacional de Seguridad, un representante de cada entidad federativa que será designado por la Conferencia Nacional de Gobernadores y cuatro representantes de la sociedad civil que invitará la Secretaría de Gobernación.