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MORELIA, Mich., 19 de agosto de 2020.- Durante 2019 se registraron 140 casos de abuso sexual de menores en el estado, el cual está en una de las rutas de turismo sexual y algunas ciudades son foco rojo de ese ilícito, motivos por los que la diputada Gabriela Ceballos presentó una iniciativa de ley para revisar el Código Penal y adecuarlo a las nuevas formas de esos delitos con el uso con el uso y desarrollo de las tecnologías.
“Vemos reiteradamente que en el caso del abuso sexual y en ocasiones la promoción de menores con fines de turismo sexual se gesta principalmente en el núcleo familiar o en un entorno donde el menor se siente con confianza de desarrollarse o por personas que constituyen para el niño figuras de ejemplo, autoridad, de mando, guía o figuras cercanas a los menores.
“Por eso considero la revisión de los tipos penales de Turismo y Abuso Sexual, urgente y apremiante, de manera que constituya un freno a la comisión de conductas que dañen la integridad de la infancia, pero no solamente considerar el endurecimiento de las penas como única medida para evitar estas prácticas, sino planear estrategias para su persecución y combate”, señala en su exposición de motivos.
La iniciativa propone modificar la definición de los tipos penales de Turismo sexual y Abuso sexual, cometidos contra menores o personas que no cuenten con la capacidad de resistir el hecho, para que se persigan de oficio, propuesta que en su momento hizo el titular del Ejecutivo del Estado dando muestra de la urgente necesidad de poner al Marco jurídico penal a la altura de las exigencias sociales.
Se plantea dar atención no solamente a las víctimas menores afectadas, de manera que continúen su sano desarrollo, determinando que estos cuenten con protección para que el inculpado no se acerque o tenga contacto con la víctima, que el sujeto activo no pueda residir o ir a determinada circunscripción donde se encuentre el menor afectado sino que se amplía la protección al entorno familiar pues se busca preservar además la integridad y privacidad de la víctima y de su familia para evitar daños adicionales, por lo que se propone se agrave la sanción cuando el inculpado divulgue por cualquier medio la identidad de la víctima y su familia.
La rehabilitación y readaptación de los perpetradores de los delitos sexuales, pues esto disminuirá la reincidencia, por ello se propone que estos reciban atención psicológica o psiquiátrica; que tengan vigilancia de la autoridad, que se les restrinja de acercarse a las víctimas o residir cerca de ellos.
Al ser muchos los escenarios en que los niños sufren daños físicos, psicológicos, emocionales; algunos leves y otros aterradores y estos hechos han proliferado ya que se aprovecha su situación de vulnerabilidad, considera necesario agravar las sanciones y considerar otros supuestos de ejecución, de manera que se elimine o disminuya la impunidad.
Propone como supuestos agravados de los delitos sexuales contra menores, el cometido por persona que conviva con la víctima por motivos de familiaridad, lo que permitirá abarcar casos que anteriormente se sancionaban de manera más leve; se establece con precisión que el responsable del delito perderá los derechos que tuviere con la víctima, pero no cesará su obligación de dar alimentos cuando así proceda.
También se propone que la sanción se eleve cuando el responsable allane el lugar donde se encuentre la víctima, cuando se administre a la víctima una sustancia tóxica que le impida resistir la ejecución del hecho, cuando se cometa en instituciones de atención psicológica, de adicciones, médica, religiosa, de guarda o custodia y cuando de su comisión se cause a la víctima una enfermedad de transmisión sexual o incurable. Supuestos que anteriormente no estaban considerados en la Ley y que de acuerdo a las estadísticas se cometen de manera reiterada.
Los sentenciados por estos delitos no se les concederá ningún beneficio de libertad anticipada y el abuso sexual cometido contra menores y personas que no tienen capacidad de resistir el hecho, debe ser perseguido de oficio.




