Pide especialista fiscalías y juzgados contra violencia sexual infantil
MORELIA, Mich., 7 de septiembre de 2018.- El Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán (TJAM) también contará con una Unidad de Evaluación y Control, para lo cual la 73 Legislatura aprobará una reforma al Código de Justicia Administrativa para incluir esa figura ya que se omitió cuando se hicieron los ajustes en el marco del Sistema Estatal de Corrupción.
La corrección se hará mediante una iniciativa de ley con proyecto de dictamen que presentarán al pleno de la 73 Legislatura los diputados integrantes de las comisiones unidas de Justicia y Gobernación, en la sesión programada para las 10:00 horas de este viernes.
La designación del titular de esa unidad será el mismo que se estableció para los poderes Legislativo y Judicial, los organismos autónomos y la Auditoría Superior de Michoacán, el pasado cuatro de julio.
Dicha designación del titular de la Unidad de Evaluación y Control la hará el Congreso del Estado con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, durará en su encargo cinco años, no podrá ser reelecto y deberá reunir los requisitos que señala el Código de Justicia Administrativa.
El nombramiento será a propuesta del propio TJAM, para lo cual deberá publicar convocatoria abierta la cual contendrá lugar, fecha, plazos, términos y requisitos para el proceso de selección; publicará los nombres de los aspirantes registrados para que cualquier persona pueda hacer observaciones sobre los participantes, aportando las pruebas que acrediten sus dichos.
Los aspirantes deberán someterse a evaluación de eficiencia y competencia, que realizará el pleno del TJAM, la cual consistirá en exámenes, escritos u orales sobre los aspectos relacionados con la materia del cargo a que aspira, considerando problemas y normativa garantizando que quienes califiquen el examen, no conozcan la identidad del aspirante evaluado
El pleno remitirá al Congreso la lista, acompañada del expediente debidamente foliado y pormenorizado de cada aspirante evaluado, en el que se incluirá la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos constitucionales, el examen practicado y su resultado, para que el Congreso designe de entre los cinco mejor evaluados.




