Tras definición de coordinadores, Morena Michoacán llama a la unidad
MORELIA, Mich., 18 de junio de 2021.- Los puentes peatonales son infraestructura urbana, pero en su parte superior cuentan con una estructura adicional para la colocación de publicidad y, al haberse colocado en esa parte la propaganda de Iván Arturo Pérez Negrón como candidato a la presidencia municipal de Morelia, no se cometió infracción alguna.
Así resolvió el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-048/2021 que iniciaron los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, así como el ciudadano Víctor Hugo Ramos en contra de Iván Arturo Pérez Negrón y los partidos Morena y del Trabajo, la empresa Tus Aliados en Publicidad o Constructora de Imagen Exterior y el ayuntamiento de Morelia.
La magistrada Yolanda Camacho propuso la inexistencia de la infracción y consideró que además de que la propaganda se colocó en lugar destinado a publicidad, no hubo contaminación visual o ambiental, no se alteró la estructura de los puentes ni se afectó la visibilidad de los señalamientos que impidieran a la población orientarse o transitar.
Los cinco magistrados votaron a favor de la propuesta sin discusión alguna.




