Firma Sheinbaum decreto de nacionalidad única a partir de 2028
MORELIA, Mich., 3 de septiembre de 2026. - La reforma para reservar los datos de los denunciantes, víctimas indirectas o testigos de hechos violentos será una excepcionalidad y no la norma en el proceso penal, además, será necesario un protocolo de protección a las víctimas y que no cambie de fondo el proceso penal.
Laura Elena Alanís García, magistrada del Poder Judicial del Estado, explicó que la reforma, a la que denominó como miscelánea, contempla diversas leyes generales y el Código Nacional de Procedimientos Penales con la intención de que sea garantista, sin transgredir los derechos de las partes y proteger a los testigos y víctimas.
"La reforma está construida sobre la base de que, un imputado, siempre va a saber qué le imputan, por qué y toda la información de los testimonios contenida en la carpeta de investigación. Lo único que estará a reserva es el nombre de quien los acusa, hasta que se desahogue la prueba", explicó la juzgadora de la región Zamora.
Aseguró que no hay ninguna violación a derecho, porque esta reforma deberá ser la excepción y no la norma.
Es decir, no es algo que vaya a cambiar de fondo el ejercicio del derecho, el principio de inocencia se respeta y el derecho a una defensa idónea, en especial porque durante la etapa de juicio no se limita el derecho a aportar nuevos actos de investigación o pruebas.




