Llevarán observación electoral hasta prisiones y voto en el extranjero
MORELIA, Mich., 6 de marzo de 2019.- Los diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado abrieron el debate para valorar el diseño del sistema tributario; la intensidad del escrutinio en materia tributaria; la razonabilidad de la implementación de los impuestos y, las facultades con las que se cuentan para tal efecto, al presentar una iniciativa para la derogación de los impuestos ecológicos.
En su propuesta presentada este miércoles al pleno de la 74 Legislatura señalan que en diciembre pasado, cuando aprobaron dichos impuestos partieron de la concurrencia entre la federación y los estados para aprobar en su origen los impuestos ecológicos.
“Sin embargo, estamos convencidos de que las contribuciones, además del propósito fiscal o recaudatorio para sufragar el gasto público, deben servir accesoriamente como instrumentos eficaces de política pública que el Estado tenga interés de impulsar; orientando o desalentado ciertas actividades o usos sociales, según se consideren, para el bienestar, progreso y desarrollo armónico del país, y siempre y cuando no se violen los derechos fundamentales que rigen el tributo”.
En el caso concreto, previo estudio y análisis, abiertos a escuchar la postura de actores sociales y económicos de la entidad, consideramos que los impuestos ecológicos recién aprobados violentan los principios establecidos para los fines extrafiscales, entendido éste como un objetivo distinto al recaudatorio que se pretende alcanzar con el establecimiento de una determinada contribución, en materia de salvaguarda al derecho humano al medio ambiente.
Indican que la parte relativa al destino de esos impuestos, se advierte que los ingresos recaudados no serán destinados exclusivamente a la protección del derecho humano al medio ambiente, gravan una actividad por sí misma y solo establecen un precio por contaminar.
Los llamados impuestos ecológicos no tienen exclusivamente el efecto de incentivar una reducción en los contaminantes, ni están apoyados en un análisis del daño ambiental que se pretende resarcir, ni hace referencia a los cuerpos receptores para asimilar la concentración de contaminantes, peor aún, ni siquiera se ocupa en definir el concepto de contaminante o nocivo en dichos casos, como sí acontece en las leyes generales expedidas por la federación.
Dicho en otras palabras, los impuestos ecológicos no tienen congruencia con la protección al medio ambiente, pues no buscan expresamente su protección, ni tampoco un intento por fundarlos y motivarlos suficientemente.
Aplicar este tipo de impuestos a las actividades contaminante es la negación de la obligación que tienen los gobiernos para generar responsabilidad para quien provoque daño y deterioro ambiental, reconocen los coordinadores de los grupos parlamentarios.




