Reconoce Gil Morelos a recolectores de residuos por 27 años de servicio
MORELIA, Mich., 24 de julio de 2026.- En el marco del proceso de selección de cinco consejerías, la presidenta provisional del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), Selene Lizbeth González Medina, descartó que la militancia o los antecedentes partidistas constituyan, por sí mismos, un impedimento para integrar el Consejo General del organismo.
En entrevista, a pregunta expresa sobre el caso de Edén Alonso Martínez Méndez, uno de los finalistas en el proceso de designación de consejerías, pero también exrepresentante electoral de Morena en Michoacán y otros estados, la presidenta del IEM remitió a criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
González Medina evitó emitir una valoración sobre el perfil del aspirante, pero sí sostuvo que existen precedentes jurisdiccionales que establecen que la militancia no ha sido considerada, por sí sola, un obstáculo para acceder a distintos cargos vinculados con la materia electoral.
"Lo que te podría decir son criterios que ha habido del Tribunal Electoral respecto a la militancia de partidos políticos", respondió. Como ejemplo, recordó que el propio TEPJF determinó que era excesivo negar el registro a candidaturas independientes únicamente por haber militado en un partido político.
"Recordemos, por ejemplo, que para ser candidato o candidata independiente se determinó que era excesivo que se les negara un registro por ser militantes de un partido político", explicó. Añadió que existen criterios similares para otras figuras relacionadas con los procesos electorales.
"Cuando se trata de convocatorias para ser observadores electorales, incluso también se ha dicho que ser militante no es ninguna restricción; únicamente advertimos ese tema en caso de que hubiese militancia o simpatía para los supervisores electorales, ahí sí está esa restricción, pero para otros cargos no se ha considerado trascendente", sostuvo.
Al insistírsele si, por la naturaleza del cargo, la eventual llegada de un exrepresentante partidista al Consejo General podría representar un conflicto de interés, la presidenta provisional evitó emitir un juicio personal.
"Es algo que tiene que determinar el Instituto", respondió, en referencia al Instituto Nacional Electoral. Incluso, cuando se le pidió una opinión como especialista en materia electoral, reiteró que no le correspondía prejuzgar sobre quienes participan en el proceso.
"Precisamente como estudiosa de la materia electoral, soy muy respetuosa de las decisiones que tome otra autoridad", afirmó. Sobre el caso concreto de Edén Alonso Martínez Méndez, dijo no conocerlo personalmente.
"No lo conozco, no tengo el gusto de conocerlo. Yo estuve muchos años fuera de Michoacán", comentó. Añadió que la designación de las cuatro consejerías vacantes es una atribución exclusiva del Instituto Nacional Electoral.
"Las decisiones que toma el Instituto Nacional Electoral al final son decisiones del instituto. No podría yo dar una opinión que fuese válida sobre su profesionalismo, sobre su capacidad, ni mucho menos cuestionar las decisiones que llegue a tomar el Instituto Nacional Electoral para la integración del Consejo General; están en la cancha únicamente de ellos", afirmó.
La convocatoria del proceso de selección establece que las personas aspirantes no deben haber sido registradas como candidatas de un partido político ni haber ocupado cargos de elección popular de esa naturaleza durante los cuatro años previos a la designación. Asimismo, exige no desempeñar ni haber desempeñado cargos de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político dentro de ese mismo periodo.
Sin embargo, no contempla como causa de inelegibilidad haber sido militante o representante de un partido político ante una autoridad electoral, siempre que la persona aspirante cumpla con el resto de los requisitos legales.
También prevé que dichos requisitos deberán mantenerse durante todo el procedimiento de selección, pues cualquier incumplimiento puede derivar en la exclusión del proceso antes de la designación definitiva.




