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MORELIA, Mich., 30 de julio de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) declaró inexistentes las infracciones atribuidas a la secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, Alejandra Anguiano González, al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES-12-2026.
En sesión pública, el Pleno aprobó por unanimidad el proyecto de sentencia presentado por la ponencia del magistrado Adrián Hernández Pinedo, en el que concluyó que no se acreditaron los actos anticipados de campaña, la promoción personalizada con fines electorales, el uso indebido de recursos públicos ni la vulneración al principio de equidad en la contienda que fueron denunciados.
Durante la exposición del proyecto se explicó que, respecto de los presuntos actos anticipados de campaña, no se actualizaron los elementos temporal ni subjetivo, debido a que en las publicaciones analizadas no se promociona a la funcionaria con fines electorales, no se le vincula con una candidatura ni con la búsqueda de un cargo de elección popular.
En cuanto a la presunta promoción personalizada de imagen con fines electorales, el Tribunal determinó que tampoco se configuraron los elementos necesarios para acreditar la infracción, ya que el contenido denunciado no hace referencia a una candidatura, al proceso electoral ni contiene elementos encaminados a posicionar electoralmente a la servidora pública.
Asimismo, los integrantes del Teemich concluyeron que no quedó demostrado el uso de recursos públicos con fines electorales, por lo que tampoco se acreditó una violación al artículo 134 de la Constitución federal ni a los principios constitucionales que rigen la función pública en materia electoral.
Con base en ese análisis, el Teemich resolvió declarar la inexistencia de todas las infracciones atribuidas tanto a la secretaria Alejandra Anguiano como a la ciudadana que también fue incluida en la denuncia, con lo que ambas quedaron deslindadas de responsabilidad en el procedimiento especial sancionador.




