Libros de ayer y hoy
La Cuarta Transformación enfrenta una contradicción que no se resuelve con propaganda: promover derechos en el discurso mientras restringe las posibilidades de ejercerlos en la realidad. Las nuevas disposiciones sobre la Modalidad 40 del IMSS colocan esa contradicción frente a quienes buscan construir una mejor pensión.
Para esas personas, el retiro significa pagar alimentos, medicamentos, vivienda y conservar independencia después de una vida de trabajo. Cualquier decisión que limite sus opciones merece una explicación pública proporcional a sus consecuencias.
El acuerdo publicado el 21 de octubre establece restricciones temporales al salario de nuevas incorporaciones, dispone que los nuevos aseguramientos comiencen desde la solicitud y mantiene las condiciones de los inscritos hasta concluir el periodo contratado. Al mismo tiempo, concede hasta seis meses para elaborar un análisis de su efecto financiero. (diariooficial.segob.gob.mx)
La secuencia merece escrutinio: primero se restringe y después se completa el estudio. ¿Qué evidencia sustenta las medidas inmediatas? ¿Qué alternativas se evaluaron? ¿Por qué ese límite y con qué consecuencias para los trabajadores?
La sostenibilidad financiera importa. Precisamente por eso debe discutirse con información suficiente, metodología pública y responsabilidad institucional. Invocarla no sustituye la obligación de justificar las decisiones.
Aquí aparece Luisa Obrador Garrido Cuesta, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación. El planteamiento fue presentado por la Dirección General mediante varias áreas, incluida la suya, y aprobado por el Consejo Técnico. Su Dirección, además, recibió instrucciones para instrumentar cambios en procesos y sistemas. Su responsabilidad es compartida, pero concreta. (imss.gob.mx, diariooficial.segob.gob.mx)
Debe explicar qué defendió su área, qué riesgos advirtió y qué medidas propuso para proteger a quienes cumplen la ley.
La discusión tampoco puede aislarse del desempeño recaudatorio. El 23 de marzo, Jesús Rangel señaló en Milenio, con referencia a informes financieros del Instituto, que los ingresos totales de 2025 quedaron 5 mil 976 millones de pesos por debajo de lo programado. Ese dato no equivale a una caída interanual de cuotas obrero-patronales ni permite atribuir todo el resultado a una funcionaria. Sí exige explicar la contribución específica de la DIR al desempeño institucional. (milenio.com)
Luisa Obrador debe responder con indicadores: cumplimiento de metas, recuperación de cartera, fiscalización, combate a la evasión e incorporación efectiva de trabajadores. Un aumento nominal de ingresos tampoco acredita automáticamente mayor eficiencia: hay que distinguir cuánto proviene del crecimiento salarial y cuánto de una mejor actuación administrativa.
La pregunta es incómoda, pero indispensable: ¿con qué resultados propios acompaña la DIR las restricciones que ahora debe instrumentar?
Antes de concentrar el debate en cuánto puede mejorar su pensión un asegurado, corresponde someter al mismo escrutinio la capacidad institucional para cobrar lo que legalmente se le debe. Examinar las obligaciones del IMSS sin revisar con igual rigor su eficacia recaudatoria deja incompleto el diagnóstico.
Y si se invoca el combate a irregularidades, surge otra pregunta: ¿qué ocurrió con la supervisión ordinaria?
Ahora resulta que hacen falta revisiones extraordinarias para detectar aquello que los controles cotidianos debieron advertir oportunamente. Si existieron simulaciones, registros indebidos o conductas fraudulentas, corresponde identificar expedientes, acreditar hechos y determinar responsabilidades. También corresponde explicar cuándo se detectaron y cómo respondió la autoridad.
Una revisión extraordinaria puede ser necesaria. Lo inadmisible sería utilizarla para presumir diligencia sin rendir cuentas sobre la vigilancia previa.
El trabajador que cumple no debe cargar automáticamente con las consecuencias de controles insuficientes. Tampoco merece que su aspiración de mejorar el retiro quede bajo sospecha por utilizar un mecanismo previsto en la legislación. Combatir conductas fraudulentas y restringir de manera general las opciones de los asegurados son decisiones que requieren justificaciones diferentes.
Existe, además, una cuestión jurídica: el artículo 218 de la Ley del Seguro Social permite continuar cotizando con el último salario o uno superior. La compatibilidad del nuevo límite administrativo con esa disposición merece un examen serio. Publicar un acuerdo no agota la discusión sobre su legalidad. (imss.gob.mx)
Luisa Obrador enfrenta una prueba de capacidad y sensibilidad social. Debe explicar los resultados de su gestión, el funcionamiento de sus controles y el sustento de las restricciones que participa en instrumentar.
La Modalidad 40 podría convertirse en su Waterloo si las respuestas institucionales resultan más débiles que las afectaciones a los asegurados. Su desempeño debe medirse con el mismo rigor que pretende aplicarse a quienes buscan una mejor pensión.
La contradicción política permanece: una transformación que promete ampliar derechos debe explicar por qué estrecha las posibilidades de ejercerlos.
Prometer bienestar desde la tribuna y administrar restricciones desde el escritorio tiene un costo político. Ese costo también debe alcanzar a quienes toman las decisiones.




