Resuelve Teemich como inoperantes impugnaciones de 2 personas LGBTQI
MORELIA, Mich., 27 de septiembre de 2022.- El aumento de la pena de prisión hasta 60 años a quien cometa feminicidio y la homologación de los elementos típicos de este delito conforme a los estándares nacionales, fueron aprobados por las comisiones de Justicia y la de Igualdad Sustantiva y de Género del Congreso del Estado.
Desde el pasado mayo se reformó el artículo 94 de la Constitución Política del estado para aumentar de 50 a 60 de prisión la pena máxima, pero faltaba hacer la reforma correspondiente en el Código Penal para que los jueces puedan aplicar dicha sanción, y ahora ya solo falta que el pleno de la 75 Legislatura la apruebe.
Además, se adicionan varios elementos para que el homicidio doloso de una mujer sea calificado como feminicidio, como la existencia de datos que establezcan que hubo amenazas o acoso relacionados con el hecho; cuando el cuerpo de la víctima sea ocultado; cuando el paradero de la víctima sea desconocido y cuando el sujeto activo se aproveche la confianza que existe con la víctima derivada de una relación sentimental, de pareja o de cualquier índole.
En el supuesto de que la mujer esté embarazada y el embrión o feto también muera, se impondrá al agresor, de manera adicional, una pena de 15 a 35 años de prisión, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan por el delito de feminicidio.
Si la mujer, al momento de la privación de la vida, ejercía actividades de índole sexual, o es víctima de explotación sexual o trata de personas y el feminicidio se comete para impedir u obstaculizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la víctima, además de la pena de prisión de 25 a 60 años, se impondrá una multa de quinientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Cuando se actualicen dos o más de estas circunstancias, la pena será de cuarenta a sesenta años de prisión y de mil a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Se considerará feminicidio infantil cuando el homicidio recaiga en una niña o adolescente y las penas se aumentarán hasta en una mitad más y hasta en una tercera parte si el delito fuere cometido previo suministro de cualquier sustancia que cause la inconsciencia de la víctima o disminuya su posibilidad de resistir el delito.
En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio calificado, que también alcanza una pena privativa de la libertad de 25 a 60 años.