Pido que se aplique un derecho, no un privilegio: Grecia Quiroz
MORELIA, Mich., 30 de julio de 2026. - Los adolescentes sentenciados por delitos graves pueden concluir la medida de internamiento y recuperar su libertad sin cubrir la reparación del daño impuesta por un juez, cuando se declaran insolventes, supuesto previsto en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
De acuerdo con fuentes oficiales del Centro de Internamiento para Adolescentes, la mayoría de los jóvenes sentenciados por delitos de alto impacto abandonaron el centro al cumplir el tiempo de internamiento, pese a que la reparación del daño permaneció sin cubrir, debido a que acreditaron incapacidad económica.
Fue mediante la declaración de insolvencia que la mayoría de los casos lograron salir, ya que los montos fijados para la reparación del daño, calculados con base en los parámetros previstos en la Ley Federal del Trabajo para delitos como homicidio, feminicidio, secuestro y secuestro agravado, rebasaron la capacidad económica de los adolescentes y de sus familias.
En el caso de los menores, la legislación marca un tratamiento distinto al previsto para personas adultas. Mientras que en el sistema penal para mayores el cumplimiento de la reparación del daño influye en el acceso a diversos beneficios, en el sistema especializado para adolescentes prevalece el principio de protección integral de sus derechos.
La Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes dispone en su artículo 60. … “En todo caso, se procurará que el resarcimiento guarde relación directa con el hecho realizado, el bien jurídico lesionado y provenga del esfuerzo propio de la persona adolescente, sin que provoque un traslado de responsabilidad hacia su padre, madre, representante legal o a algún tercero. Y, El pago a la víctima u ofendido, podrá aplicarse con cargo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas o su similar en las entidades”.
Para acceder a ese recurso existen dos vías. La primera consiste en un acuerdo entre la representación jurídica de la víctima y el representante del Poder Ejecutivo responsable del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. Si no existe acuerdo, la víctima puede promover un juicio en la vía civil para reclamar el pago de la compensación subsidiaria.
Este esquema busca garantizar el derecho de las víctimas a la reparación del daño sin trasladar una responsabilidad patrimonial automática a las familias de los adolescentes sentenciados, al tiempo que mantiene el modelo de justicia especializado previsto en la Constitución y en los tratados internacionales suscritos por México.
En el caso de adolescentes, el cumplimiento de la medida de internamiento no quedó condicionado al pago de la compensación.




