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MORELIA, Mich., 4 de agosto de 2017.- Para que la Auditoría Superior de Michoacán pueda responder al Sistema Estatal Anticorrupción se requieren reformas constitucionales que tendrán que aprobarse antes de que concluya el año, las cuales incluyen hasta cambio de nombre, pero principalmente de atribuciones.
Una propuesta presentada por diputados del Partido Revolucionario Institucional plantea que se llame Auditoría Superior de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Michoacán y que, como entidad técnica de fiscalización dependiente del Congreso del Estado, tenga personalidad jurídica propia, plena autonomía técnica, financiera y de gestión.
Contará con capacidad para que en el ejercicio de sus atribuciones decida sobre su organización interna, ejercicio de su presupuesto, funcionamiento y resoluciones, contando con un Consejo de Dirección en los términos que disponga la Ley.
Este órgano revisará, fiscalizará y evaluará la gestión de los poderes del Estado, de los ayuntamientos, de los organismos autónomos y cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes, bajo los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.
Podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del ejercicio siguiente, sin perjuicio de que las observaciones que, en su caso realice, deberán referirse a la información definitiva presentada en la Cuenta Pública.
Asimismo, y sin perjuicio del principio de anualidad, podrá solicitar y revisar de manera casuística y concreta, la información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión, sin que por
este motivo se entienda, para todos los efectos legales, abierta nuevamente la Cuenta Pública del ejercicio al que pertenece la información solicitada.
Derivado de denuncias, podrá revisar durante el ejercicio fiscal en curso a las entidades fiscalizadas, así como respecto de ejercicios anteriores y rendirá un informe específico al Congreso que, en su caso, promoverá las acciones que correspondan ante el Tribunal de
Justicia Administrativa, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o las autoridades competentes.




