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MORELIA, Mich., 2 de julio de 2015.- La Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación, la regla para que las tiendas de conveniencia, mini súper y otros establecimientos apliquen el IVA de 16% a los alimentos preparados, destaca El Universal en una nota.
Mediante la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, y a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la dependencia confirmó que desde el primero de julio se debe cargar el gravamen a una serie de alimentos que entran en la categoría de comida rápida.
En la regla 4.3.6 se enfatiza que para el caso de los alimentos preparados para su consumo en el lugar de su venta, se debe tomar en cuenta lo que dice el artículo 2-A, fracción I, último párrafo de la Ley del IVA.
Aquí la nota: http://www.eluniversal.com.mx/finanzas-cartera/2015/iva-regla-alimentos-preparados-1111440.html