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MORELIA, Mich., 23 de febrero de 2018.- La autoridad investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inició una indagación por posibles prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la distribución y comercialización de gas LP en el territorio nacional.
El aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con fecha del 22 de febrero, señala que derivado de una denuncia, identificada bajo el número de expediente DE-022-2017, se busca determinar si se llevaron a cabo o no actos que puedan constituir violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica.
Y es que se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios, arreglos o combinaciones de agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información con el objeto o efecto de realizar alguna de las conductas anteriores.
“En caso de que encuentren elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa”, precisó la Cofece a través de un comunicado de prensa.
La Ley Federal de Competencia Económica refiere que de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10 por ciento de sus ingresos y se sancionaría económicamente a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas.
“Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal Federal hasta por 10 años”, precisó la Comisión en su portal de internet.
Asimismo, en el aviso publicado en el DOF se precisa que el procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, sino como una actuación de la autoridad tendiente a verificar el cumplimiento de la Ley.
Es de señalar que la investigación inició el 24 de agosto del año pasado y no deberá durar menos a 30 días hábiles ni exceder los 130 días hábiles, pero podrá ser ampliada hasta por cuatro ocasiones.