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MÉXICO, DF., 16 de enero de 2016.- Para consolidar el marco normativo mediante disposiciones legales aplicables y afianzar la regulación del uso de los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés), mejor conocidos como drones, de forma segura, armonizada y fluida, según la circular CO AV-23/10 R2 emitida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
El documento forma parte del esfuerzo permanente de la SCT para preservar la seguridad de usuarios y personas, y en él se mencionan las limitaciones, leyes, reglamentos, normas federales y locales, que deben seguir los operadores en tierra, sean personas físicas o morales, y disponer de una normatividad comparable a la de las operaciones de aeronaves tripuladas. Se divide en dos vertientes: por el peso de las aeronaves y por su uso, ya sea recreativo o comercial.
En el primer caso, se clasifican en tres categorías: de 2 kg o menos (RPAS Micro), más de 2 kg hasta 25 kg (RPAS Ligero) y de 25 kg en adelante (RPAS Pesado).
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