Se deslinda Congreso de las pensiones vitalicias
MORELIA, Mich., 4 de mayo de 2011.- Por unanimidad, el pleno del Congreso del Estado aprobó transferir al Ejecutivo estatal la facultad de valorar las solicitudes de pensiones temporales y vitalicias que se le presenten para apoyar a las personas que sean víctimas o terceras afectadas de atentados terroristas en Michoacán. Con el texto vigente de la Ley Reglamentaria de la Fracción XVII Bis del Artículo 44 de la Constitución Política de Michoacán, era al propio Poder Legislativo al que le correspondía recibir las solicitudes y valorarlas, a través de una Comisión Especial que debe entregar un reporte a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso del Estado, misma que lo habrá de dictaminar para pasarlo a votación del pleno. A raíz de la ahora aprobada iniciativa de decreto con carácter de dictamen que elaboraron las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, que preside el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Antonio Cruz Lucatero; de Hacienda y Deuda Pública, que preside el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Epigmenio Jiménez Rojas; y, de Gobernación, que preside el también diputado del PRD, Claudio Méndez Fernández, ese aspecto de la legislación será modificado. De esa forma, y con base también en la participación de la Comisión Especial de seguimiento al tema, que preside el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Juan Carlos Campos Ponce, se determinó transferir al Poder Ejecutivo la facultad de recibir las solicitudes de pensiones temporales y vitalicias, así como de elaborar iniciativas de decreto que serán acompañadas de un expediente técnico elaborado por las instancias correspondientes de la administración estatal. Lo anterior, para respetar el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en el entendido de que a toda iniciativa debe recaer un decreto, por lo que es el gobierno estatal el cual está facultado para presentar la iniciativa correspondiente, con lo que se estaría además en condiciones de mantener el apego al procedimiento legislativo, lo que permite actuar y decidir conforme a derecho y con respecto a la autonomía de los poderes y de sus instituciones. Además de lo antes mencionado, otro aspecto relevante de la reforma aprobada es que se modificará el artículo 3, en el cual se contempla la posibilidad de otorgar pensión temporal o vitalicia a las personas afectadas por desastres naturales, lo que se derogará de la legislación en virtud de que dicho supuesto ya se encuentra previsto en una partida presupuestal específica dentro del marco legal, además de que también se prevé en el presupuesto federal, aunado al apoyo internacional que se recibe en dichos casos.