Convocan a reunión ante declaratoria de cerro Grande como área protegida
MORELIA, Mich., 8 de junio de 2012.- Por ser violatorias de la presunción de inocencia y de los derechos humanos las presentaciones de detenidos a los medios de comunicación, que ejecutan corporaciones policiacas y militares, deben de suspenderse, aseveró José María Cazares, presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.El ombudsman dijo que se debe privilegiar las investigaciones y una debida integración de las pruebas que llegarán a los juzgadores y evitar que los indiciados por algún delito sean estigmatizados sin haber recibido una sentencia del Poder Judicial.“No es posible que alguien que no ha sido juzgado esté siendo señalado en los medios de comunicación, recuerden que todos tenemos la presunción de inocencia hasta no ser juzgados, mientras estemos siendo detenidos, presentados, procesados seguimos siendo inocentes por lo tanto no se puede estigmatizar a nadie como alguien que faltó al ordenamiento jurídico”, resaltó.Luego de realizar un recorrido por la Barandilla o para verificar el estado en que operan las instalaciones de reclusión temporal de Morelia, José María Cazares confió en que en el área donde se fotografían a los detenidos esté cumpliendo con una función de archivo y no sea utilizada para exhibir a quienes son llevados a la cárcel preventiva.Del mismo modo, consideró que es de mayor utilidad que los cuerpos policiacos difundan el modus operandi de algún imputado y las zonas donde presuntamente delinque para que las personas que pudieron verse afectadas denuncien y no atentar contra el principio de presunción de inocencia exhibiendo algún detenido con el argumento de facilitar que pueda ser identificado por alguna víctima.De esta forma, recalcó se estarían privilegiando las investigaciones y no la estigmatización de quienes presuntamente cometieron algún delito.Cabe destacar, que el artículo 20 de la Constitución Mexicana garantiza la presunción de inocencia mientras no se declare la responsabilidad de una persona mediante la sentencia emitida por el juez de la causa.Igualmente, la Carta Magna establece que los imputados de algún delito tienen derecho a declarar o guardar silencio y no ser sometidos a incomunicación, intimidación o tortura en tanto que la confesión rendida sin la presencia de un defensor carecerá de valor probatorio.