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MORELIA, Mich., 9 de septiembre de 2015.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)a entregar la lista con los nombres de las personas bloqueadas, es decir, de aquellas a las que se les congelaron sus fondos y activos por, presuntamente, estar relacionadas con organizaciones o actividades terroristas y con operaciones con recursos de procedencia ilícita.
De acuerdo con un comunicado, se trata de listas derivadas de las resoluciones 1267 (1999), sucesivas y 1337 (2001) emitidas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.
El Pleno del INAI resolvió un recurso de revisión, turnado a la comisionada Areli Cano Guadiana,de un particular que se inconformó con la respuesta del sujeto obligado a su solicitud de obtener el listado de personas bloqueadas y el nombre de las personas que se encuentren compurgando sentencia por delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La Secretaría de Hacienda, en su repuesta al particular y en la etapa de alegatos del recurso de revisión, señaló que el listado está reservado por 12 años, conforme a los artículos 13, fracciones I, IV y V, y 14 fracción I de la Ley Federal de Transparencia, por motivos de seguridad nacional, porque pondría en riesgo la seguridad de funcionarios, causaría perjuicio a la persecución o prevención de delitos y, porque afectaría la detección de actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Sin embargo, informó que la lista derivada de la resolución 1267 (1999) puede ser consultada en un vínculo electrónico de la ONU. Por lo que hace a las personas sentenciadas por financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita, declaró un resultado de cero.
En el análisis del expediente se examinó la resolución del recurso de revisión RDA 4454/14, en el que se solicitó la misma información, y se determinó que ésta es accesible en versión pública.
Asimismo, se revisó la página de Internet del Consejo de Seguridad de la ONU donde se localizó la resolución 1267 (1999) relacionada con Al Qaida y la transcripción de una comunicación dirigida a la representación mexicana en Naciones Unidas relativa a esa resolución.
El proyecto de resolución destaca que los nombres ya son públicos en la página del Consejo de Seguridad de la ONU y que, además,no se acredita la vulneración que se causa a la seguridad nacional con su difusión.
En la presentación de su proyecto ante el pleno, la comisionada Cano mencionó que:“es importante destacar que las operaciones con recursos de procedencia ilícita tienen efectos negativos en la esfera socioeconómica, pues aporta capacidad económica a los grupos delincuenciales, lo cual desata un efecto en cadena que les permite seguir reproduciendo sus actividades ilícitas y que en algunos casos desencadena en corrupción”.
Por lo tanto, el pleno del INAI, resolvió modificar la respuesta de la Secretaría de Hacienda y le instruye a entregar el listado con los nombres de personas bloqueadas que se ubiquen en el supuesto previsto en la disposición 71ª, fracción I de la “Resolución que reforma, adiciona y deroga las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito”, esto es, aquellas personas que se encuentren dentro de las listas derivadas de las resoluciones 1267 (1999), sucesivas, 1373 (2001) y las demás que sean emitidas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.