CIUDAD DE MÉXICO., 10 de mayo de 2016.- México lleva más de un año fraguando un nuevo aparataje legal para prevenir y castigar la tortura. El duro informe de la ONU, que constató en febrero del año pasado que la tortura y los malos tratos son prácticas generalizadas en el país, sirvió de acicate para acelerar el ritmo de actualización de una legislación federal que ya tiene 25 años.

Según El País, el Senado aprobó la semana pasada un primer texto de la nueva norma que funcionará como un paraguas aplicable tanto a nivel federal como estatal. Las organizaciones civiles que participaron en el proceso de consulta celebran algunos puntos –como la imprescriptibilidad del delito o la creación de fiscalías especiales–, a la vez que critican otros como la puerta abierta a permitir pruebas obtenidas bajo tortura.

“En general es un texto que incluye los temas centrales y básicos. Por ejemplo, se corrige el problema de la legislación actual de restringir la tipificación de la tortura a sólo ciertos “fines”. Ahora se aclara que se puede cometer con cualquier fin, y sin introducir tampoco requisitos de gravedad o de lesiones”, apunta Stephanie Brewer, coordinadora del área internacional del Centro Prodh.

A grandes trazos, los abogados de las organizaciones coinciden en que el texto se atiene a lo estipulado por la ONU y la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, los dos grandes faros en la materia. Las primeras discrepancias aparecen al bajar a la letra pequeña. La nueva norma establece dos tipificaciones distintas, con dos penas también distintas: tortura, castigada con cárcel de 10 a 20 años, y tratos crueles, inhumanos y degradantes, con tres meses a tres años de prisión. Las organizaciones temen que esta gradación jurídica, una especia de tortura de menor intensidad, pueda servir para burlar el espíritu de la ley. “Durante la consulta, pugnamos por un solo tipo penal. Nos preocupaba que en el contexto mexicano, donde estás prácticas están tan generalizadas, puede utilizarse para esconder la tortura encajándola en el apartado de tratos degradantes”, defiende Andrés Díaz, abogado investigador de Fundar.

A grandes trazos, los abogados de las organizaciones coinciden en que el texto se atiene a lo estipulado por la ONU y la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, los dos grandes faros en la materia. Las primeras discrepancias aparecen al bajar a la letra pequeña. La nueva norma establece dos tipificaciones distintas, con dos penas también distintas: tortura, castigada con cárcel de 10 a 20 años, y tratos crueles, inhumanos y degradantes, con tres meses a tres años de prisión. Las organizaciones temen que esta gradación jurídica, una especia de tortura de menor intensidad, pueda servir para burlar el espíritu de la ley. “Durante la consulta, pugnamos por un solo tipo penal. Nos preocupaba que en el contexto mexicano, donde estás prácticas están tan generalizadas, puede utilizarse para esconder la tortura encajándola en el apartado de tratos degradantes”, defiende Andrés Díaz, abogado investigador de Fundar.

http://internacional.elpais.com/internacional/2016/05/07/mexico/1462587166_450209.html