Atienden brigadistas incendio forestal en Tlalpujahua
MORELIA, Mich., 7 de julio de 2015.- De acuerdo con una nota de Excélsior la mortalidad en México se explica, de acuerdo con diversos especialistas, con base en los denominados “determinantes sociales de la salud”, es decir, el conjunto de factores ambientales (pobreza, desigualdad, entornos familiares, cultura, educación, etcétera) que impiden o limitan el ejercicio y la garantía del derecho a la salud de las personas.
En nuestro país, este derecho se encuentra garantizado en el Artículo 4º constitucional, el cual establece en su párrafo cuarto que “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general…”.
En esa lógica, pensar desde una perspectiva de derechos el tema de la mortalidad por enfermedades hepáticas —y en general por todas las enfermedades que son de suyo prevenibles y evitables— resulta relevante porque entonces puede dimensionarse un conjunto de responsabilidades que van de lo individual a lo institucional en la generación de procesos tan complejos como los relativos a la morbilidad y la mortalidad.
Leer la nota completa en: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2015/07/07/1033299