MÉXICO, DF., 15 de junio de 2015.- Con el fin de fortalecer el derecho que tienen los usuarios de servicios de telecomunicaciones de cambiar de empresa telefónica sin perder su número, proceso conocido como la portabilidad numérica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó medidas para que este trámite sea más sencillo y ágil.

Según un comunicado, dichos cambios son resultado del esfuerzo de mejora continua que realiza el Instituto en la función regulatoria desde la entrada en vigor de las Reglas de Portabilidad Numérica. En este sentido, se realizó una consulta pública del 6 de abril al 4 de mayo del presente año sobre la modificación a estas Reglas,  en la cual se recibieron opiniones y comentarios de la industria. Asimismo, al amparo del Comité Técnico en materias de Portabilidad, Numeración y Señalización se realizaron diversas reuniones de trabajo con los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones, de las que  este órgano regulador identificó diversas oportunidades para mejorar el proceso actual en beneficio de los usuarios.

De esta manera, en sesión extraordinaria celebrada el 12 de junio del presente año, el Pleno del Instituto resolvió las siguientes modificaciones a las Reglas de Portabilidad Numérica:

  • Los usuarios que hagan uso de su derecho a la portabilidad numérica y que sean personas físicas ya no tendrán que presentar el Formato de solicitud de portación de números geográficos y las empresas receptoras no tendrán que enviar imágenes de documentos de identificación al Administrador de la Base de Datos. Con la eliminación de estos elementos el proceso será más eficiente y se promoverá el uso de medios electrónicos en la tramitación de solicitudes de portabilidad.
  • Se amplía la gama de opciones de documentos de identificación válidos para hacer el trámite, se incluye la CURP. Así, el proveedor receptor podrá recabar, en cualquier momento, previo a la ejecución de la portabilidad, los documentos de identificación necesarios para la conclusión del trámite, con lo que se agiliza el proceso en beneficio de los usuarios.
  • Se implementan herramientas y datos de información que permitirán que el usuario pueda dar puntual seguimiento al estado que guarda su trámite de portabilidad y, con ello, cuente con los elementos que le permitan exigir la portación de su número en un plazo no mayor a 24 horas a partir del momento de la  presentación de la solicitud ante el nuevo Proveedor de servicios que eligió. Asimismo, se generará información que le permitirá al Instituto ejercer efectiva y eficazmente sus funciones de supervisión y vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable.
  • Se establecen y clarifican elementos de información en los mensajes de texto y audibles que se brindan a los usuarios, a efecto de evitar la ocurrencia de rechazos de portaciones.
  • Se establecen mecanismos que aseguran la continuidad en la prestación de servicios de telefonía – principalmente móvil – por parte del proveedor receptor, delimitando responsabilidades tendientes a asegurar la disponibilidad de elementos físicos (tarjeta SIM) necesarios para la prestación del servicio respectivo.

Las nuevas medidas prevén etapas diferentes para su entrada en vigor, por lo que algunas serán efectivas a partir del día siguiente de la publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación, y aquellas que requieren del desarrollo o adecuación de procesos y/o sistemas, se establece un periodo de 90 días naturales para su debida aplicación.

De esta manera, el Instituto realiza acciones en beneficio de los usuarios y de los proveedores de los servicios de telefonía al reducirle a éstos últimos, costos administrativos en el proceso de portabilidad numérica, a fin de que los usuarios ejerzan efectivamente el derecho  de la portabilidad numérica.

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