Advierte CNTE paro nacional y plantón en CDMX el 15 de mayo
MORELIA, Mich., 11 de diciembre de 2015.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán con el objetivo de cumplir con las actividades relativas al fomento de la cultura de la legalidad en materia de justicia electoral, llevó a cabo la conferencia magistral “Nuevo Control de la Constitucionalidad” impartida por el Doctor Carlos Báez Silva, director del Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
De acuerdo a un comunicado de prensa, en su destacada intervención, el conferencista Báez Silva, refirió diversos aspectos sobre la interpretación de la ley suprema de la unión frente a los derechos humanos, en este sentido, explicó la naturaleza del control constitucional en la actualidad, y cómo debe entenderse por los operadores jurídicos, concebidos así, no sólo a los abogados, sino a todos los sujetos que hacen algo con las normas jurídicas.
Expuso que la ley suprema de la unión, establece un núcleo que comprende los tratados internaciones y leyes generales en materia de derechos humanos, que son los que permiten establecer el control de convencionalidad ex oficio, por los operadores jurídicos o juzgadores, en términos de la interpretación conforme al principio pro homine o pro persona, en tanto que el control de constitucionalidad, sigue siendo concentrado por las vías de las controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, juicio de amparo, y específicamente en materia electoral, el juicio de revisión constitucional y el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
De igual forma, explicó la labor que tiene el juzgador frente al nuevo paradigma de control de constitucionalidad y convencionalidad, recalcando la importante labor que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, ha tenido en la implementación y defensa de figuras como la de candidaturas independientes, así como del tema de separación iglesias y el Estado, como el caso del municipio de Yurécuaro, Michoacán, cuya sentencia en definitiva por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, anuló la elección del Ayuntamiento de ese municipio.
A su vez, precisó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha establecido cánones para aplicar el control de constitucionalidad y convencionalidad, advirtiendo lo que debe entenderse por una interpretación conforme a la norma y los textos normativos.
En su exposición, refirió que el juzgador siempre debe optar por lo que más beneficie a la persona, incluso, dijo, frente a una situación en la que los impugnantes no señalen expresamente en su demanda la inconstitucionalidad o inconvencionalidad de una norma, el juzgador, como conocer del derecho, debe revisar el mecanismo apropiado para la protección de los derechos humanos.