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MORELIA, Mich., 4 de septiembre de 2013.- Luego de cinco sesiones de discusiones y análisis, finalmente la tarde de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por amplia mayoría “que los derechos humanos de fuente internacional a partir de la reforma al artículo primero constitucional tienen la misma eficacia normativa que los previstos en la Constitución, es decir, se les reconoce el mismo rango constitucional”, señala la corte en un boletín.
De esta manera, la SCJN interpretó que la reforma en materia de derechos humanos, amplía el catálogo constitucional de los mismos, pues permite armonizar, a través del principio pro persona, las normas nacionales y las internacionales, garantizando así la protección más amplia a la persona, destaca el documento.
También se determinó que cuando haya una restricción expresa en la Constitución al ejercicio de los derechos humanos reconocidos a nivel internacional, prevalecerá la norma constitucional.
De esta manera, señala el despacho, la Suprema Corte da las herramientas a los juzgadores para aplicar en toda su amplitud la reforma constitucional en materia de derechos humanos.