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MÉXICO, DF., 30 de enero de 2016.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) difunde las “Reglas Mandela”, relacionadas con el tratamiento de las personas en reclusión, las cuales “no reducen el alcance de ninguna de las normas existentes, sino reflejan los avances recientes de la ciencia penitenciaria y las buenas prácticas, a fin de promover la seguridad y las condiciones dignas de los reclusos”.
Según un comunicado, al dictar la conferencia magistral “Reglas Mandela”, en el Centro Nacional de Derechos Humanos de la CNDH, el doctor César Oliveira de Barros Leal, Presidente del Instituto Brasileño de Derechos Humanos, subrayó que se busca optimizar la organización de las prisiones y el tratamiento de los internos, para afrontar los problemas que se presentan en los centros penitenciarios hoy en día.
Acompañado en el presídium por Ruth Villanueva Castilleja, Tercera Visitadora General de la CNDH, y Julieta Morales Sánchez, Directora General del CENADEH, el ponente destacó la importancia de la aplicación de las “Reglas Mandela” a la realidad actual.
Barros Leal señaló la relevancia de tener presentes los criterios manifestados en esta normatividad, sobresaliendo la preocupación de las Naciones Unidas porque “se humanice la justicia penal y se protejan los Derechos Humanos”, que tiene un papel preponderante en la administración diaria de la justicia penal y la prevención del delito.
De igual forma enfatizó, entre otros criterios, los señalados en el preámbulo de las “Reglas Mandela”, donde se destaca la resolución 69/172 del 18 de diciembre de 2014, sobre “Los derechos humanos en la administración de Justicia”, en la cual se reconoció que las personas privadas de la libertad deben conservar sus derechos humanos inalienables.
Dicho precepto también establece –explicó el conferenciante— que la rehabilitación social y la reintegración en la sociedad de las personas privadas de libertad debe ser uno de los objetivos esenciales del sistema de justicia penal.
El doctor Oliveira de Barros Leal expresó que estas reglas mínimas han sido universalmente reconocidas y se encuentran relacionadas de manera armónica con toda la normatividad de la Organización de las Naciones Unidas, producto de un importante y amplio proceso de revisión que se prolongó durante 5 años.
Explicó que la revisión consistió en diversas consultas preliminares, en reuniones en Viena, Buenos Aires y Ciudad del Cabo, así como con la aportación activa de los Estados Miembros, representantes de la Red del Programa de las Naciones Unidas en materia de Prevención del Delito y Justicia Penal.
Dijo que también participaron otras entidades de la misma ONU, entre ellas la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, la Oficina contra la Droga y el Delito, Organizaciones Intergubernamentales, así como el Comité Internacional de la Cruz Roja, Organismos Especializados del Sistema de Naciones Unidas como la Organización Mundial de la Salud y Organizaciones No Gubernamentales, al igual que expertos en materia de ciencia penitenciaria y derechos humanos.
Las “Reglas Mandela”, aprobadas por la Asamblea General de la ONU en el año 2015, surgieron con base en el desarrollo progresivo de las normas internacionales relativas al tratamiento de los internos desde 1957.