Emite PJM convocatoria para titularidad de juzgado menor
MORELIA, Mich., 10 de agosto de 2015.-El Poder Judicial de la Federación (PJF) debe construir sentencias que favorezcan la convivencia pacífica, en lo político y lo social, que constituye una demanda social en todos los rincones del país. Ello solo es posible en un Estado que se sustenta en la justicia y en la credibilidad de las instituciones, afirmó el magistrado José Guadalupe Tafoya Hernández, Consejero de la Judicatura Federal (CJF).
Según un comunicado de prensa, dijo que el nuevo sistema de justicia penal, por tener la cualidad de ser totalmente transparente, permitirá que la sociedad observe la actuación los jueces federales y permita así reivindicar la confianza de los mexicanos en los y las juzgadoras.
En el marco de la inauguración del Ciclo de Conferencias Voces de la Justicia Federal en Guanajuato, a 30 Años de la Instalación del Décimo Sexto Circuito, el Consejero Tafoya Hernández, con la representación el Ministro Presidente de este cuerpo colegiado, Luis María Aguilar Morales, reconoció los aportes hechos por juzgadores federales de esa entidad a la vida democrática del país.
Dijo que solo con sentencias justas, equitativas y transparentes, el PJF seguirá impartiendo la justicia que demanda la sociedad.
Al referirse al nuevo sistema procesal penal, indicó que tal cambio de paradigma obliga a las y los juzgadores federales a actuar con el mayor de los compromisos institucionales y a aplicar con exhaustividad la ley para generar la jurisprudencia que apuntale el éxito y viabilidad del mismo.
Durante su intervención, el también presidente de la Comisión de Carrera Judicial subrayó que la reflexión y autocrítica guían el quehacer jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación convencido de que solo así puede garantizar la convivencia pacífica, demandada en todos los lugares de nuestra geografía.
Este cambio y fortalecimiento institucional, señaló el Consejero de la Judicatura, se sustentan necesariamente en una impartición de justicia moderna, pronta y al alcance de todos, así como en su credibilidad.
Tafoya Hernández hizo votos porque los temas a discernir en este ciclo de conferencias coadyuven a lograr una mejor administración e impartición de justicia en los conflictos que se someten a la jurisdicción federal.
En tres décadas de vida, este Circuito ha conocido y se ha nutrido del talento de grandes juristas forjadores de criterios, que trascendieron en la formulación de tesis, enriqueciendo la prístina tarea de resolver las controversias bajo el imperio de la ley y la jurisprudencia, añadió.
“Ahora nosotros los servidores judiciales, tenemos enfrente el gran compromiso con la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio. El trabajo día a día, se encamina a la aplicación de normas e instituciones que orientan decisiones justas, equitativas y transparentes en los litigios que se resuelven”, puntualizó.
Aseguró que el CJF, por medio de la aplicación de los concursos regionales de oposición para el cargo de jueces especializados en el nuevo sistema, contará con el número suficiente de juzgadores para cumplir con la meta de implementación en todo el país para junio de 2016.
Reiteró su reconocimiento a los juzgadores federales de Guanajuato por su incansable entrega a la impartición justicia.
En su oportunidad, el magistrado Francisco Javier Araujo Aguilar, titular del Tercer Tribunal Unitario del Centro Auxiliar de la Tercera Región, dictó la conferencia “La tortura como violación a derechos fundamentales y su trascendencia en el proceso penal”.
En ella, analizó el criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el amparo directo en revisión 90/2014, donde se estableció que la tortura debe ser atendida en bajo dos perspectivas: la primera, como una violación a derechos humanos, y la segunda, como una violación procesal que obliga a la autoridad jurisdiccional a investigar de manera oficiosa cualquier acto de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes porque constituyen una violación a las leyes del procedimiento que amerita su reposición, siempre que la misma trascienda al resultado del fallo. Es decir, que todas las pruebas obtenidas directa o indirectamente violando derechos fundamentales no surten efecto alguno.
La prohibición de la tortura es un derecho constitucional consagrado en los artículos 19, 20 apartado B, 22 y 29 de la CPEUM así como una serie de normas de Derecho Internacional establecidos en tratados de los que México es parte puntualizó el impartidor de justicia, agregó.
A su vez, el magistrado Arturo Hernández Torres, integrante del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, dictó la conferencia titulada Inconvencionalidad del artículo 135 del Código Fiscal de la Federación”.
Dijo que el párrafo segundo de ese numeral transgrede los artículos 25.1 y 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ya que los interesados o representantes legales deben tener conocimiento del acto administrativo de manera distinta a la notificación, se limita el acceso a la protección judicial porque los plazos de notificación son diferentes.
Además de que dicho artículo no permite de manera igualitaria el derecho a impugnación, lo que conlleva a un trato discriminatorio injustificado, precisó.
Finalmente, el magistrado Ariel Rojas Caballero, integrante del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, participó con la conferencia titulada el “Control de convencionalidad. Principio pro persona e interpretación conforme”.
Durante su exposición, el magistrado Rojas Caballero explicó que este mecanismo jurídico, aplicado de manera difusa, interno o en sede nacional es una creación jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), que busca crear un sistema escalonado de tutela por medio de los jueces con la finalidad de resolver violaciones a los Derechos Humanos.
El impartidor de justicia dijo que el control de constitucionalidad concentrado en México corresponde al ejercicio exclusivo de los órganos del JF a través de los mecanismos expresamente previstos en la Constitución y por medio de las regulaciones procesales.
Estimó necesario que se integre de una manera más rápida y oportuna la jurisprudencia nacional para orientar a todos los jueces en el ejercicio del control difuso, garantizando la igualdad de los gobernados frente a la ley y brindarles así seguridad jurídica.