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CIUDAD DE MÉXICO, 6 de abril de 2016.- La justicia federal se coloca nuevamente a la vanguardia internacional con el Convenio de Cooperación Jurídica Internacional suscrito entre el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el cual constituye un parteaguas, ya que se obtiene reducción de tiempo y costo de gestión que actualmente implica el desahogo de trámites de los procesos judiciales que trascienden a las fronteras del país.
De acuerdo con un comunicado, el nuevo instrumento de cooperación interinstitucional tiene como prioridad optimizar y eficientar la impartición de justicia en favor de los justiciables al aprovechar al máximo las nuevas tecnologías y compartir las plataformas electrónicas con que cuenta este cuerpo colegiado con la SRE.
De esta forma se contempla que el desahogo de diligencias judiciales en el extranjero y en territorio nacional -principalmente en materias penal y civil- se realice mediante el método de videoconferencias, utilizando a las misiones consulares para estos efectos.
Cabe destacar que las diligencias judiciales que se realicen en el exterior podrán ser por tres vías: por los tratados internacionales suscritos por México en las materias correspondientes; por la vía Consular, y el principio de reciprocidad internacional.
La intención es compartir algunas de estas plataformas tecnológicas con que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF) con la Cancillería para facilitar la comunicación, aminorar costos y agilizar los procesos mediante el uso de la firma electrónica.
Ello enmarcado dentro de la política que en breve iniciará el Consejo de la Judicatura Federal para la interconexión con autoridades federales, poderes judiciales locales y en general con los impartidores de justicia del país, como es el caso de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje; Tribunales de la Contencioso; Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje; Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y el Tribunal Superior Agrario, entre otros, en beneficio del justiciable.
Se trata de facilitar la comunicación entre los órganos del Poder Judicial de la Federación (PJF) y sus homólogos en el extranjero, a fin de desahogar en forma expedita los juicios, ya que en la mayoría de los casos se presentan asuntos sensibles como el de la materia familiar.
Otros objetivos de este Convenio de Cooperación Jurídica son la realización de interpretaciones al español cuando sea necesario escuchar declaraciones de niñas, niños, adolescentes, discapacitados e indígenas; la preservación de la secrecía al desahogar las diligencias mediante videoconferencias, así como buscar que se garantice la seguridad de los intervinientes.
Los principales alcances de este convenio en materia civil y mercantil serán la notificación de documentos procesales; la recepción de pruebas, declaraciones y testimonios; notificación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales, así como obtención de pruebas; tramitación de exhortos internacionales o cartas rogatorias, siempre y cuando no impliquen ejecución coactiva, y el desahogo de diligencias, a través de videoconferencias.
Por lo que hace a la materia penal se contempla la notificación y entrega de documentos procesales; apoyo en la solicitud de medios de prueba; entrega de documentos, objetos y medios de prueba, mediante las vías legales correspondientes; intercambio de información; apoyo o auxilio en la localización e identificación de personas y objetos; realización de interrogatorios y toma de declaraciones; el desahogo de dictámenes periciales; la autorización de la presencia de representantes de las autoridades competentes del Estado requirente, como observadores durante la ejecución de una solicitud de auxilio jurídico; videoconferencia; apoyo para la entrega o transmisión de sentencias y certificados de antecedentes penales, proporcionados por las autoridades correspondientes en términos de la legislación aplicable, así como la transmisión espontánea de medios de prueba y de información.
Dichos alcances, observando en todo momento lo estipulado por los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano y ratificados por el Senado de la República, así como si no existe impedimento alguno para ello, en la legislación del Estado requerido.
Las diligencias que se desahoguen en las misiones consulares se realizarán con fundamento en los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano, y en caso de no existir tratado, en la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en el Código Federal de Procedimientos Civiles y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
La interrelación entre los países, debido a la globalización provocada por la actividad económica y el uso de nuevas tecnologías, obligan a que los juzgadores requieran del auxilio de sus homólogos en otras latitudes, cuando el procedimiento judicial que ante ellos se ventila debe emplazarse o notificarse a una parte no domiciliada en su jurisdicción territorial, o bien, en el desahogo de alguna probanza.
Es de recordar que el ministro Luis María Aguilar Morales, presidente del CJF, se ha comprometido de impulsar diversos desarrollos informáticos aprovechando las nuevas tecnologías de las que se dispone en beneficio de la sociedad.
Algunas de estas nuevas plataformas tecnológicas son: el trámite electrónico del Juicio de Amparo, la consolidación del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE); el Control Biométrico para controlar la asistencia de procesados en libertad provisional, entre otros.