MORELIA, Mich. 29 de octubre de 2014.- Los agentes inmobiliarios, tienen mayores obligaciones ante la Ley contra el Lavado de Dinero en Actividad Inmobiliaria, en donde hay una observación mayor por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El notario Leonardo Pedraza Hinojosa especificó ante  la tercera Asamblea Extraordinaria de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios, que los antecedentes a esta ley es la de prevención e identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita la cual fue publicada en 2012 y entró en vigor en julio del 2013.

Dentro de las actividades vulnerables, está la inmobiliaria, así como la compra y venta de vehículos, juegos y sorteos, metales así como joyas, que tienen especial atención.

En lo que respecta a la actividad inmobiliaria, hay tres rubros, el servicio relacionados con inmuebles, arrendamiento y prestación de servicios independientes,   por lo cual tienen  diversos tipos de obligaciones como darse de alta en el SAT, además de la identificación de clientes y usuarios,  en esta última si el cliente no accede el profesional de cualquier rubro debe de abstenerse.

Dentro de las obligaciones  el profesional dedicado al sector inmobiliario, pedirá al usuario o cliente información sobre su actividad u ocupación, basándose en todo momento con el Registro Federal de Contribuyentes.

El notario explicó también que entre otras obligaciones que tienen es custodiar, proteger y resguardar la documentación que soporte de la realización de actividades vulnerables, con la finalidad de que se identifique a los clientes o usuarios, y esta información debe de conservarse al menos cinco años.