MORELIA, Mich., 15 de abril de 2019.- Comunidades indígenas de Michoacán analizan la ruta jurídica para impugnar y desconocer abajo las disposiciones de la reciente reforma a la Ley de fiscalización estatal, en que si bien, se reconoce la figura de consejos comunales, no se plantean modificaciones de fondo que permitan operar a los usos y costumbres.

En entrevista con Quadratín, el representante legal de la comunidad indígena de Santa Fe de la Laguna, Orlando Aragón Andrade, advirtió que es imposible que la recién aprobada reforma a la Ley de Fiscalización de Michoacán opere en las comunidades indígenas que tienen un gobierno autónomo, ya que éstos no pueden equipararse a un ayuntamiento, por lo que analizan impugnarla.

“Hablar de Consejos comunales puede parecer un avance, pero hay varias cosas que están mal porque si bien ya se reconoce a estas figuras como órganos de gobierno, no son la misma en todas las comunidades y es equivocado pretender darles un trato igual al de un ayuntamiento”, explicó.

Aunado a lo anterior, mencionó que la Ley se hizo a espaldas de las comunidades, con lo que nuevamente el Congreso transgrede el derecho a la consulta previa libre e informada, por lo que seguramente las autoridades de las comunidades, entre éstas Santa Fe, Pichátaro, San Felipe y Arantepacua buscarían promover alguna acción judicial.

“Intentaremos tener un acercamiento con los diputados para hacerles ver su misión su error; ojalá que mediante el diálogo se pueda corregir esa situación, y si no, muy probablemente seguirá una acción judicial que tendremos que ir configurando, todo esto es decisión de las comunidades”, explicó.

Aragón Andrade destacó que la armonización de las resoluciones judiciales, particularmente la legislación del artículo 115 de la Ley Orgánica municipal y de las leyes de administración pública, para que reconozcan a los gobiernos comunales, es una agenda pendiente en Michoacán, cuya ausencia actualmente condiciona la libre determinación al viacrucis de la judicialización.

Detalló que entre las diferencias que hacen inoperable la norma en los términos actuales, para garantizar la libre determinación, destaca que en varias comunidades no hay consejos comunales, sino que la figura de gobierno tiene otra estructura; en otras no hay propiedad privada, por lo que no se le pueden demandar fianzas, o hay casos donde sería ridículo plantear licitaciones, porque las obras se realizan con mano de obra de la propia comunidad.

“Tenemos ocho años de avances en el reconocimiento del derecho de libre determinación vía judicial, pero desafortunadamente el Congreso de Michoacán no se ha dado a la tarea de armonizar la legislación sobre todo administrativa para adecuar lo que los tribunales tanto electorales como la Suprema Corte de Justicia de la Nación han establecido”, dijo.