MORELIA, Mich., 12 de febrero de 2019.- Un plan de persecución de delitos, con metas a corto, mediano y largo plazo, deberá elaborar quien sea designado como Fiscal General, dentro de los primeros seis meses de su gestión.

Ese plan contendrá una estrategia de atención y trámite a través del análisis de la incidencia delictiva, de los diagnósticos situacionales, de las estadísticas de percepción de la violencia en la ciudadanía, de los análisis de información elaborados por instancias especializadas y de los diagnósticos elaborados por organizaciones civiles.

Deberá tomar en cuenta también los informes sobre la situación de las víctimas del delito, de los informes sobre violaciones a los derechos humanos, así como cualquier otro instrumento que sea fuente certera de información relacionada con los fenómenos criminales.

De acuerdo con el dictamen para segunda lectura de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, dicho plan permitirá la orientación de los recursos humanos, materiales y financieros de la Fiscalía General, la estrategia de despliegue territorial y la emisión de lineamientos operativos para su función.

Ese plan de persecución de delitos deberá ser presentado al Congreso del Estado, previa consulta con el Consejo Consultivo de la institución.

Además, el Fiscal General, deberá presentar de manera semestral al Poder Legislativo un informe de los avances que tenga el plan y, en su caso justificará las modificaciones realizadas, con la finalidad de que se evalúen los trabajos realizados y anualmente presentará un informe de resultados.