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MORELIA, Mich., 16 de noviembre de 2016.- Los hijos adulterinos, podrán ser reconocidos por el padre biológico ante el Registro Civil si el Congreso del Estado aprueba reformas al Código Familiar, propuestas por el diputado Roberto Maldonado Hinojosa.
En su argumentación de motivos definió como hijos adulterinos a aquellos engendrados por hombre y mujer que no pueden contraer matrimonio porque uno de ellos o ambos están casados con otra persona.
El diputado por el distrito de Los Reyes, indicó que según la Declaración Universal de Derechos Humanos, todos los niños nacidos dentro y fuera de un matrimonio tienen o deberían de tener de los mismos derechos en protección social y legal.
Sin embargo, actualmente el artículo 60 del Código Familiar establece: “Cuando el hijo nazca de una mujer casada que viva con su marido, no podrá asentarse como padre a otro que no sea el mismo marido”.
El hijo nacido fuera del matrimonio no es el problema, el problema se presenta cuando se pretende su reconocimiento legal como hijo por parte del padre biológico, pues la ley establece que el hijo que nace dentro de la vigencia del matrimonio se presume del marido, aunque éste no sea el verdadero padre.
Es por eso que esta reforma pretende que los hijos nacidos fuera del matrimonio puedan ser reconocidos ante el Registro Civil por su padre biológico, siempre y cuando alguno de los padres así lo demande.
De aprobarse la reforma se garantiza el principio de identidad y filiación de las personas, así como también la defensa de su dignidad humana de los niños que tienen el derecho a llevar el apellido que los reconoce así como sus derechos legales como alimentación, educación y salud y hasta la porción hereditaria.