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MORELIA, Mich.,14 de marzo de 2022.- El juzgado cuarto de distrito negó la suspensión definitiva al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial del Estado de Michoacán (Sutaspjem) de la huelga de puertas abiertas en el Poder Judicial.
El gremio liderado por Julie Mariela Álvarez solicitó el amparo de la justicia federal ante la decisión del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de llevar la huelga a puertas abiertas, por ser la administración de justicia una actividad esencial.
En primera instancia, la justicia federal negó la suspensión provisional y ante la queja presentada por esa resolución, este lunes resolvió negar la suspensión definitiva, por lo que el movimiento huelguístico continuará a puertas abiertas.
Se argumenta en la sentencia que el objeto de la suspensión en el juicio de amparo, por regla general, es el de detener, paralizar o mantener las cosas en el estado que guarden para evitar que el acto reclamado, su ejecución o consecuencias, se consumen destruyendo la materia del amparo, o bien, produzcan detrimentos de difícil o imposible reparación al quejoso, siempre que se reúnan los requisitos para la procedencia de la suspensión a saber, que lo solicite el quejoso, que no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público y que sean de difícil reparación los daños y perjuicios que puedan ocasionarse al agraviado.
El orden público y el interés social son nociones íntimamente vinculadas en la medida que el primero tiende al arreglo o composición de la comunidad con la finalidad de satisfacer necesidades colectivas, de procurar un bienestar o impedir un mal a la población, mientras que el segundo se traduce en la necesidad de beneficiar a la sociedad, o bien, evitarle a aquella algún mal, desventaja o trastorno.