Denuncia expolicía negativa de la SSP a pagar compensación suspendida
MORELIA, Mich., 4 de diciembre de 2016.- Los comodatos de los bienes del patrimonio estatal serán por cinco años, pero podrán ser renovados siempre y cuando se cumplan los objetivos para los que se autoricen y en caso contrario podrán revertirse, de acuerdo con el dictamen de reforma a la Ley de Patrimonio Estatal aprobado por las comisiones unidas de Gobernación y Desarrollo Urbano, Obra Pública y Vivienda.
Esa reforma que deberá ser avalada por el pleno de la 73 legislatura establece que el Ejecutivo del Estado, a través de la Dirección de Patrimonio, vigilará que se cumplan los fines, tiempos y condiciones por los que fue autorizada la desincorporación o el comodato de un bien y de no cumplirse la enajenación será nula, regresándose el bien al patrimonio del Estado.
En el dictamen se establece una cláusula de reversión que implica la transferencia de vuelta del bien al patrimonio del Estado, aunque previamente se hubiera perdido la titularidad, la cual será declarada por el Ejecutivo del Estado a través de la Dirección de Patrimonio Estatal.
El procedimiento de reversión dará inicio de oficio por la Dirección de Patrimonio Estatal, concediendo cinco días para que el particular para su defensa y una vez concluido ese plazo, se abrirá el término de prueba hasta por 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación; posteriormente habrá un periodo de alegatos por cinco días hábiles y se dictará resolución en un término no mayor de 10 días, notificándose al Congreso, la cual podrá ser reclamada ante la autoridad administrativa o judicial.
Los bienes de dominio privado pueden ser objeto de todos los contratos que regula el derecho común, siempre que se observen los requisitos que establece esta Ley y los que el Congreso autorice, cuando se trate de actos de dominio.
Se establece también la obligación a la Dirección de Patrimonio estatal de llevar un registro de la propiedad estatal, el cual mantendrá actualizado cada tres meses en el que se especificarán los
inmuebles desincorporados del patrimonio del Estado y los bienes dados en comodato y se publicarán en la página de internet del Gobierno del Estado. En el caso de éstos últimos se especificará el nombre del comodatario, el objeto y el tiempo por el que fue otorgado.
El Ejecutivo del Estado informará al Congreso del Estado de los bienes inmuebles que forman parte del patrimonio estatal de manera anual en enero.