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MORELIA, Mich., 20 de octubre de 2016.- El plazo de 15 días que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció para que se ejecutara la sentencia a favor de la comunidad indígena de San Francisco Pichátaro fue ignorado por el Congreso del Estado por lo que podría ser sujeto de medidas de apremio, afirmó el constitucionalista Gumesindo García Morelos.
“Que lamentable que se incumplan resoluciones de tribunales; no existe soberanía, un órgano constitucional como el Congreso no es soberano cuando incumple las reglas del estado de derecho”, sentenció el especialista, al cumplirse este viernes el emplazamiento para entregar los recursos económicos que corresponden a esa comunidad del municipio de Tingambato.
En el resolutivo de la Sala Superior del TEPJF del cinco de octubre se amonestó presidente municipal de Tingambato, Luis Manuel Maximiliano Villanueva por no haber acatado la orden y se vinculó al Poder Legislativo para el cumplimiento de la sentencia, pero tampoco se cumplió.
Durante estos 15 días únicamente hubo una reunión de la Comisión de Pueblos Indígenas en la que se determinó que la autoridad reconocida para la entrega de los recursos será la jefatura de tenencia, pero el asunto no se presentó al pleno de la 73 legislatura para su aval.
García Morelos señaló que como órgano colegiado, debe ser el pleno el que apruebe los mecanismos para el traslado del presupuesto y al no haberlo hecho en el término especificado incurrió en desacato.
“Desafortunadamente en materia de las resoluciones judiciales electorales no existe la misma intensidad de utilizar medios de apremio, como en materia de amparo, donde puede abrirse de inmediato un cuadernillo para la destitución, cuando no se cumple un mandato judicial y el la Corte la que decide si se destituye o no al funcionario, pero no existe ese mecanismo ante el incumplimiento de las resoluciones electorales.
“Es una deficiencia de la Ley General de Medios de Impugnación, pero el Congreso al incumplir y, al declararse fundados los incidentes de inejecución de una sentencia firme de la Sala Superior, muestra la falta de respeto al estado de derecho”, indicó.